Tecnología

1. Terminología

2. Leyes, políticas, planes y reglamentos sobre tecnología en la educación

2.1. Marco legislativo y político para la tecnología en la educación

2.2. Infraestructura tecnológica, capacidad tecnológica de los centros educativos y entornos de aprendizaje

2.3. Competencias tecnológicas de estudiantes y docentes

2.4. Ciberseguridad y protección

3. Gobernanza

3.1. Instituciones responsables de la tecnología en la educación y mecanismos de coordinación

3.2. Funciones de los centros educativos

 

1. Terminología

 

La Ley General de Educación Ley No18.437 define la Educación a Distancia, en línea o asistida como «los procesos de enseñanza y de aprendizaje que no requieren la presencia física del alumno en aulas u otras dependencias similares, para el dictado regular de sus cursos, siempre que se empleen materiales y recursos tecnológicos específicamente desarrollados para obviar dicha presencia, y se cuente con una organización académica y un sistema de gestión y evaluación específico, diseñado para tal fin.»

La Estrategia de Ciudadanía Digital para una Sociedad de la Información y el Conocimiento (2020) define a la “Ciudadanía Digital” «es un concepto que está en permanente construcción. Refiere, principalmente, a nuestros comportamientos y actitudes en los espacios digitales y, al mismo tiempo, a nuestros derechos y obligaciones.»

2. Leyes, políticas, planes y reglamentos sobre tecnología en la educación
 

2.1. Marco legislativo y político para la tecnología en la educación

Constitución y leyes: La Constitución de la República no menciona a la incorporación de la tecnología en el sistema educativo en su normativa.

La Ley General de Educación No 18.437 expresa que “El Estado asegurará a los educandos que cursen la enseñanza pública obligatoria, el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación. Promoverá su máximo aprovechamiento para la educación, su uso con sentido y su apropiación por parte de los educandos” (Art. 18).

Políticas, planes y estrategias: A partir de la década de 2000, Uruguay estableció estructuras e instrumentos de políticas interinstitucionales para el desarrollo de infraestructura digital y el desarrollo de la sociedad de la información con el establecimiento del Plan Estratégico Nacional en Ciencia, Tecnología e Innovación (PENCTI). En el 2007 se inicia el Proyecto de Conectividad Educativa de Informática Básica para el Aprendizaje en Línea (Ceibal), y se impulsó la primera Agenda Uruguay Digital, tras la cual otras cuatro Agendas Digitales han sido divulgadas; la Agenda Digital 2008-2010, Agenda Digital 2011-2015, Agenda Digital 2020 y Agenda Uruguay Digital 2021-2025.

 La Agenda Uruguay Digital 2025 plantea incorporar la enseñanza de competencias y habilidades digitales en la educación formal e implementar modalidades pedagógicas combinadas en todos los ciclos de la educación formal con la mediación de la tecnología.

En el 2007, en el marco Programa de Equidad para el Acceso a la Información Digital (PEAID) nace en el Plan Ceibal (Conectividad Educativa de informática Básica para el Aprendizaje en Línea) a través del Decreto N 144/007 Creación del Proyecto Ceibal Proyecto de Conectividad Educativa de Informática Básica para el Aprendizaje en Línea.  El Decreto N 144/007 Creación del Proyecto Ceibal Proyecto de Conectividad Educativa de Informática Básica para el Aprendizaje en Línea establece «Créase el Proyecto Conectividad Educativa de Informática Básica para el aprendizaje en Línea (CEIBAL) con el fin de realizar los estudios, evaluaciones y acciones necesarios para proporcionar a cada niño en edad escolar y para cada maestro de la escuela pública un computador portátil, capacitar a los docentes en el uso de dicha herramienta y promover la elaboración de propuestas educativas acordes con las mismas».  Mediante Decreto 628/008 se facultó a la Comisión del Plan Ceibal a instrumentar la ampliación gradual de la cobertura del Proyecto de Conectividad Educativa de

Informática Básica para el aprendizaje en Línea a instituciones de enseñanza privada, y al ciclo básico de enseñanza secundaria pública.

En el 2010 la Ley N° 18640 declara el Proyecto Conectividad Educativa de Informática Básica para el aprendizaje en Línea (CEIBAL) política de estado «Declárense de interés nacional los programas de carácter general que tengan como objeto la innovación educativa mediante la inclusión de tecnologías digitales, promoviendo la mejora en la educación con impacto en los procesos de aprendizaje, inclusión y crecimiento personal, en la niñez, la adolescencia y la juventud.» El Plan Estratégico 2021-2025 del Centro Ceibal presenta su propuesta de valor: asegurar el acceso a la tecnología al servicio de los aprendizajes; innovar en infraestructura tecnológica, contenidos,  experiencias y entornos digitales; contribuir a la mejora continua de los procesos educativos y desarrollar competencias para la ciudadanía digital.

 La Política Educativa Nacional 2020-2025 del Ministerio de Educación y Cultura propone «promover el desarrollo de las competencias necesarias para habitar el entorno digital de modo responsable, seguro, crítico, reflexivo y creativo».

 El Plan de Desarrollo Educativo 2020-2024 de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) propone una transformación curricular integral la cual incluye la apropiación de habilidades en ciencia y tecnología y la ciudadanía digital en el currículo nacional.

La Estrategia de Ciudadanía Digital para una Sociedad de la Información y el Conocimiento (2020) propone un proceso para asegurar la transformación digital con equidad.

El Informe sobre el Estado de la Educación en Uruguay 2019-2020 incluye dentro de alguno de los mayores desafíos para los próximos años «fortalecer y avanzar en la digitalización (nuevas tendencias y procesos continuos de cambio, y adaptación en medios, contenidos y objetivos): aprendizaje con tecnologías, formación docente en competencias digitales, plataformas educativas, personalización del aprendizaje de los estudiantes (aprendizaje adaptativo), integración de métodos y soluciones digitales en las actividades de evaluación educativa a gran escala, evaluación adaptativa.»

Marco de competencias digitales: Uruguay no cuenta con un marco formal de competencias digitales para estudiantes o docentes.

Cambios a raíz de la COVID-19: El Plan de Transformación Educativa (2021), contemplado en el Plan de Desarrollo Educativo 2020-2024, propone modificar el curriculum en la educación obligatoria, fortalecer la carrera docente, mejorar el egreso y profundizar la descentralización de la gestión.

2.2. Infraestructura tecnológica, capacidad tecnológica de los centros educativos y entornos de aprendizaje


2.2.1. Infraestructura y capacidad tecnológica de los centros educativos

 

Electricidad: La Política Energética 2005-2030 plantea el acceso universal a la energía para todo el país y los sectores de la sociedad.

 El Programa de Electrificación Rural busca lograr el acceso universal a la energía eléctrica a pobladores rurales.

Ordenadores y dispositivos: La Ley General de Educación Ley No18.437, el artículo 18 establece que «será responsabilidad del Estado asegurar a los educandos que cursen la enseñanza pública obligatoria, el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación. Promoverá su máximo aprovechamiento para la educación, su uso con sentido y su apropiación por parte de los educandos».

 El Decreto N 144/007 Creación del Proyecto Ceibal Proyecto de Conectividad Educativa de Informática Básica para el Aprendizaje en Línea establece «Créase el Proyecto Conectividad Educativa de Informática Básica para el aprendizaje en Línea (CEIBAL) con el fin de realizar los estudios, evaluaciones y acciones necesarios para proporcionar a cada niño en edad escolar y para cada maestro de la escuela pública un computador portátil».

La Política Educativa Nacional 2020-2025 del Ministerio de Educación y Cultura propone «Asegurar la accesibilidad a los equipos y contenidos del Centro Ceibal».

Conectividad a internet: Ceibal, creado en el 2007, a través del Decreto N 144/007, y propuso dotar de conexión a Internet a los centros educativos públicos.

La Ley 18.640 establece “El Centro gestionará el programa para la Conectividad Educativa Informática Básica para el Aprendizaje en Línea, el cual constituye un proyecto educativo tendiente a promover la inclusión digital para la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje y el acceso a la educación y a la cultura, y será la entidad referente en innovación educativa con tecnologías”.

El Decreto Reglamentario N 56/010 dispone “Artículo 4 El Centro deberá mantener y adecuar las tecnologías alámbrica e inalámbricas externas y/o internas del denominado Plan Ceibal, así como los servidores existentes y todas las infraestructuras existentes en el país vinculadas con el Plan Ceibal”.

El Plan Estratégico 2021-2025 del Centro Ceibal define como un objetivo estratégico dentro de su propuesta de valor: asegurar el acceso a la tecnología al servicio de los aprendizajes, y propone incrementar el porcentaje de beneficiarios en la zona rural que acceda a Internet con banda ancha.

2.2.2. Tecnología y entornos de aprendizaje

 

La Ley General de Educación Ley No18.437 contempla de educación a distancia y la semipresencial, establece que «la educación a distancia, en línea o asistida, comprenderá los procesos de enseñanza y de aprendizaje que no requieren la presencia física del alumno en aulas u otras dependencias similares, para el dictado regular de sus cursos, siempre que se empleen materiales y recursos tecnológicos específicamente desarrolladas para obviar dicha presencia, y que se cuente con una organización académica y un sistema de gestión y evaluación específico, diseñados para tal fin. La modalidad semipresencial, además de las características anteriores, requiere instancias presenciales.»

El Marco del programa Educación y TIC de la Dirección de Educación del Ministerio de Educación y Cultura se desarrollan el portal educativo EduMEC, y el Aula Virtual de Educación (AVE). El Aula Virtual de Educación (AVE) es un entorno virtual de aprendizaje de la Dirección de Educación, se trata de una plataforma moodle la cual ofrece cursos virtuales destinados a docentes, educadores y público en general. La segunda etapa del Ceibal (2010-2012) el énfasis se trasladó a fomentar el uso de las computadoras. Surge la figura de Maestro de Apoyo Ceibal (MAC) y se pusieron a disposición múltiples plataformas de gestión del trabajo docente, evaluación en línea y educativa.

Ceibal y la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) trabajaron en conjunto para transformar un programa basado en el aprendizaje presencial, en una solución a distancia que garantizara la continuidad educativa. Ceibal en Casa fue el plan de contingencia implementado por el gobierno uruguayo para mitigar la interrupción educativa debido al cierre de las escuelas en todo el país durante la pandemia de COVID-19. Ceibal en casa ofreció dos modalidades de aprendizaje basadas fundamentalmente en plataformas digitales: 1. Trayectos sistematizados: los estudiantes podían interactuar con docentes y compañeros a través de la plataforma CREA, siguiendo una organización estructurada de actividades y, por otro; 2. Experiencias auto asistidas estudiantes y docentes podían acceder a través de plataformas de enseñanza a libros, juegos, desafíos y otros recursos de aprendizaje a demanda organizados por grupos según la edad de los alumnos. Adicionalmente la estrategia de mitigación incluyo programas de televisión y el uso de redes sociales.

2.3. Competencias tecnológicas de estudiantes y docentes


2.3.1. Estudiantes

El Marco Curricular Nacional del 2022 incluye en las orientaciones transversales las temáticas Tecnología y ciudadanía digital y STEAHM (Science, Technology, Engineering, Arts, Humanities, Math).  Adicionalmente integra en  los perfiles del tramo de educación primaria que los estudiantes «integren conocimientos básicos, incluyendo los tecnológicos»; a nivel de educación Media Básica «actúa en contextos tecnológicos y de uso de medios técnicos en forma responsable e informada, amplia su nivel de abstracción mediante el desarrollo de la competencia lingüística y del pensamiento lógico, científico y computacional; Reconoce el valor del conocimiento científico, técnico y tecnológico para la sociedad, el mundo del trabajo y el cuidado del ambiente y desarrolla competencias que le permiten tomar decisiones como usuario y consumidor responsable de tecnología considerando aspectos personales, sociales y ambientales.. » A nivel curricular los planes de propuesta educativa en los programas de asignaturas para el Ciclo Básico incluyen talleres de informática en dos ciclos. En el caso de los planes para Bachillerato, la asignatura de Informática se incluye como optativa.

La Agenda Uruguay Digital 2025 propone «incorporar la enseñanza de competencias y habilidades digitales en la educación formal a través de su consideración en todos los ciclos educativos y con énfasis en los centros con vulnerabilidad social y educativa.»

A nivel curricular el Plan de Desarrollo Educativo 2020-2024 de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) propone una transformación curricular integral e integra dentro de las orientaciones que atraviesen todo el trayecto del estudiante «La apropiación de habilidades en ciencia y tecnología (STEAM-Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Letras y Matemáticas por sus siglas en inglés), incluyendo la ciudadanía digital, como recurso y como habilidad específica. Desde el currículo se propondrá una línea de promoción de Ciencia y Tecnología desde la infancia lo que supone, por un lado, desarrollar el espíritu científico que trasciende el área específica y se incorpora al individuo como forma de actuar teniendo la evidencia como eje en la toma de decisiones, y, por otro lado, se promoverán saberes y habilidades que permitan el desarrollo de respuestas nuevas a los problemas reales. Ciencia y tecnología desarrollándose juntas para estos fines, con lo digital como espacio privilegiado de la tecnología. Este énfasis en ciencia y tecnología no deberá ir en desmedro de las Humanidades, que buscarán ser desarrolla- das con igual énfasis ya que resultan centrales para el discernimiento personal, la toma de decisiones y el acceso cultural.»

El Marco Curricular Nacional del 2022 propone promover a lo largo del trayecto de la educación formal del estudiante la apropiación de habilidades en ciencia y tecnología (STEAHM-Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Artes, Humanidades y Matemática por sus siglas en inglés), incluyendo la ciudadanía digital.

Adicionalmente, el Plan de Desarrollo Educativo 2020-2024 de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) plantea la necesidad de incorporar la Ciudadanía digital al sistema educativo; para esto plantea integración transversal de la temática, de ciudadanía digital, en la política curricular a desarrollar tanto en educación primaria, secundaria y técnica, como en la formación de formadores.

La Agenda Uruguay Digital 2021-2025 establece que «El proceso de monitoreo y evaluación se realizará con una perspectiva de género, con el objetivo de medir la incidencia de cada iniciativa de la Agenda sobre la desigualdad entre mujeres y hombres, en particular sobre la brecha digital de género». La Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), a través de la Dirección de Derechos Humanos del CODICEN, está trabajando en la concreción de un Plan integral para la promoción de la accesibilidad de niñas y adolescentes a las formaciones en ciencia y tecnología. Ceibal en su Plan Estratégico 2021-2025 se propone profundizar estrategias que aseguren la equidad de género dentro de la institución y la impulsen en la sociedad. En esa línea, publica en 2022 el trabajo Equidad de Género en el Ecosistema STEM de Ceibal

 

2.3.2. Docentes

La formación de grado de los Profesores para Educación Media en Uruguay depende de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) quien la desarrolla actualmente a través de un órgano desconcentrado: el Consejo de Formación en Educación (CFE) En formación inicial, el Sistema Único Nacional de Formación Docente rige desde el año 2008 en Uruguay, establece grandes núcleos del saber profesional bien definidos para la formación inicial docente: núcleo de la didáctica y práctica docente, núcleo profesional común.

 Los planes para profesorado (2008) incluye en los planes de formación común de maestros educación primaria las asignaturas en “Informática” y “Educación e Integración de Tecnologías Digitales.” Adicionalmente, el Consejo de Formación en Educación estableció el plan para profesorado de Educación Media en una espacialidad e incluye la malla curricular para la asignatura de Informática.

La nueva propuesta Plan 2020 de la carrera de Profesorado incluye la asignatura “competencias digitales en educación” en modalidad de taller teórico practico. Adicionalmente se incluye en las unidades curriculares optativas el “Taller de alfabetización digital“ y “Cultura digital, recursos educativos y aprendizaje profundos.“

A nivel nacional existen políticas que proponen reforzar la formación docente, la Política Educativa Nacional 2020-2025 del Ministerio de Educación y Cultura plantea «Articular la propuesta formativa en ciudadanía digital con el currículo de las nuevas carreras universitarias de formación en educación» y «definir el currículo mínimo común y de las condiciones generales de funcionamiento de los nuevos programas universitarios de formación en educación».

El Plan de Desarrollo Educativo 2020-2024 de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) propone reforzar la formación docente. El Plan Nacional de Educación 2010-2030, menciona sobre el desarrollo profesional docente «se debe profundizar el conocimiento de las nuevas tecnologías de la información y comunicación y su empleo pedagógico tanto en la formación inicial como en servicio.»

Ceibal, en línea con los principios del Plan Nacional de Educación, trabaja en conjunto con el MEC para promover modelos de integración de tecnología y desarrollo de habilidades docentes en esta línea. Ceibal brinda oportunidades para el desarrollo de maestros, dentro de sus objetivos estratégicos definidos en el Plan Estratégico 2021-2025 del Centro Ceibal, se encuentra brindar un sistema de desarrollo profesional docente accesible y flexible, que permita la generación de rutas formativas personalizadas.

 

2.4. Ciberseguridad y protección


2.4.1. Privacidad de los datos

La Ley N 18331 Ley de Protección de Datos Personales (2008) y el Reglamento de la Ley 18.331 relativo a la protección de datos personales (2009) reconocen la protección de datos personales como un derecho fundamental y establece un conjunto de principios que determinan la forma, contenido y condiciones para el tratamiento de los datos.  Sin embargo la única norma que refiere a los datos personales de menores de edad es el Decreto 64/020 que prevé, dentro de la responsabilidad proactiva, la realización de evaluaciones de impacto cuando se traten datos de personas en situación de especial vulnerabilidad, y en particular menores de edad o personas con discapacidad.

El Código de la Niñez y la Adolescencia No. 17823 establece «todo niño y adolescente tiene derecho a que se respete la privacidad de su vida. Tiene derecho a que no se utilice su imagen en forma lesiva, ni se publique ninguna información que lo perjudique y pueda dar lugar a la individualización de su persona»

La Política de privacidad Ceibal, incluye diferentes lineamientos para la privacidad y seguridad de los datos en el marco de los diferentes programas y herramientas que ofrece, y genera diferentes estrategias que promueven el desarrollo de la ciudadanía digital por parte de Docentes, Estudiantes y Familias entre ellas la Guía de concientización sobre la difusión de imágenes íntimas sin permiso.

2.4.2. Abuso en línea y ciberacoso

La Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) ha creado Mapas de ruta ante situaciones de violencia a niños, niñas y adolescentes para educación inicial y primaria y para educación media. Los mapas plantean intervenciones, incluido el abuso en línea y ciberacoso.

3. Gobernanza
 

3.1. Instituciones responsables de la tecnología en la educación y mecanismos de coordinación

En Uruguay la gobernanza del sector educación se divide entre do órganos responsables, el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) y la Administración nacional de Educación Pública (ANEP). Conforme lo establecido en la Ley General de Educación Ley No18.437 , la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) es el organismo estatal responsable de la planificación, gestión y administración del sistema educativo público en sus niveles de educación inicial, primaria, media, técnica y formación en educación terciaria. Tiene entre sus cometidos: elaborar, instrumentar y desarrollar las políticas educativas que correspondan a los niveles de educación que el ente imparta y garantizar la educación en los diferentes niveles y modalidades educativas. El Ministerio de Educación (MEC), por su parte, tiene entre sus cometidos relacionados con la educación nacional: desarrollar los principios generales de la educación; facilitar la coordinación de las políticas educativas nacionales; articular las políticas educativas con las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico y económico, entre otras.

 La Dirección de Educación del Ministerio de Educación y Cultura ha emprendido acciones dirigidas a toda la población, para promover el acceso, el aprovechamiento, el uso con sentido y la apropiación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

La Dirección Sectorial de Tecnologías de la Información y Comunicación se encarga de definir la política informática del Organismo, participando en la elaboración y ejecución del plan estratégico de las TIC de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), así como en la elaboración y ejecución de los proyectos internos de la Dirección. Asimismo, la Dirección tiene como cometido supervisar la aplicación de las políticas definidas en las áreas vinculadas con las tecnologías de la información del Consejo Directivo Central, incluidos los programas con financiamiento externo y los Consejos Desconcentrados.

El Centro Ceibal es una persona pública no estatal regida por la Ley No 18.640 y modificaciones previstas en las Leyes No 18.719 y No. 19.996. Su funcionamiento fue reglamentado por el Decreto 56/010. La Ley N° 18.640 (con las modificaciones comentadas) establece «El Centro gestionará el programa para la Conectividad Educativa Informática Básica para el Aprendizaje en Línea, el cual constituye un proyecto educativo tendiente a promover la inclusión digital para la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje y el acceso a la educación y a la cultura, y será la entidad referente en innovación educativa con tecnologías, debiendo gestionar los programas que el Poder Ejecutivo le asigne.» El Centro Ceibal tiene dentro de sus cometidos legales, entre otros, el promover, coordinar y desarrollar planes y programas para el uso educativos de las TIC. 

Otras organizaciones, como la Administración Nacional de Telecomunicaciones (Antel), son aliados en la implementación de las políticas de inclusión de tecnología en los centros escolares con el desarrollo de infraestructura necesaria para dotar la conectividad de los centros educativos.

 

3.2. Funciones de los centros educativos

La Circular N 21 de 2011 aprueba el Reglamento del uso de celulares por parte de docentes y alumnos en centros educativos del Consejo de Educación Inicial y Primaria. La Circular norma que los teléfonos celulares de maestros y alumnos deben permanecer apagado durante clases.  Adicionalmente los centros educativos pueden estableces normas específicas para cada institución educativa sobre el uso de teléfonos móviles en la institución.

Este perfil ha sido validado por miembros del Centro Ceibal, gracias al apoyo de la Delegación Permanente de Uruguay ante la UNESCO.

Última modificación:

Jue, 03/08/2023 - 11:20

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