Liderazgo escolar
2.1. Estándares y funciones de liderazgo
2.2. Selección y condiciones laborales
2.3. Desarrollo y preparación para el liderazgo
3. Docentes, familias y estudiantes
3.1. Juntas directivas y/o comités de gestión
4.1. Autonomía de líderes escolares
4.2. Evaluación y rendición de cuentas de los líderes escolares
4.3. Evaluación docente por parte de los líderes escolares
1. Terminología
La "política de cuadros" y el Sistema de Trabajo con los Cuadros están regulados por el Decreto-Ley No. 13 (2020). Este decreto define a los cuadros como trabajadores públicos con capacidad laboral, sólida preparación técnico-profesional, habilidades de dirección, disciplina, exigencia constante y cualidades patrióticas, revolucionarias, político-ideológicas y éticas. Los cuadros deben adherirse a los principios de la Constitución de la República, a la política del Partido Comunista de Cuba y al concepto de Revolución. La normativa clasifica a los cuadros en tres categorías: Directivos Superiores, Directivos Intermedios y Directivos Ejecutivos, siendo los directores de las instituciones educativas parte de la última categoría.
El Director, además de cumplir con los deberes fundamentales de los Cuadros, es el responsable principal de la conducción del proceso educativo y asume en el centro la organización del trabajo, concretando la política educacional en correspondencia con el tipo de educación en que se encuentra desempeñando.
En la educación primaria, el Modelo de Escuela Primaria Cubana (2008) indica que la dirección escolar tiene la misión de conducir la concreción de la política educacional, en correspondencia con las condiciones económicas, políticas y sociales de su comunidad, para lograr el cumplimiento del fin y los objetivos de la escuela primaria, con ajuste a las particularidades de las edades de los alumnos, así como al proceso de desarrollo de los maestros en formación, empleando con eficiencia el potencial técnico del que dispone.
En la educación secundaria, el Proyecto de Escuela Secundaria Básica (2006) y Preuniversitario describe al director como un profesor general integral que asume la responsabilidad principal de implementar la política educacional en la escuela, considerada como una micro universidad. El director debe actuar como líder en el trabajo educativo de toda la comunidad escolar.
2. Directores escolares
2.1. Estándares y funciones de liderazgo
Estándares de desempeño, marco de competencias y/o directrices de liderazgo
Las instituciones educativas cuentan con órganos de dirección y técnicos cuya composición depende del nivel y tipo de educación, de acuerdo con lo normado por Educación y las especificidades de los organismos formadores.
Los directivos en educación son responsables de la conducción del proceso educativo, el desenvolvimiento académico, el desarrollo de la Ciencia, la Técnica y la Innovación, la labor administrativa de la entidad y cumplen otras obligaciones y atribuciones definidas porel organismo correspondiente.
Por su parte, el Modelo de escuela primaria cubana (2008) indica las características de un director para el cumplimiento de su misión. Estas directrices de liderazgo, dentro de las funciones del director, incluyen transmitir con claridad a los subordinados los conceptos que sustentan la política, los objetivos y las prioridades de la escuela y plantean las características de un director.
El Documento de trabajo del Director de Preuniversitario (2006) también establece sugerencias sobre cómo desempeñar la labor de director de educación preuniversitaria e incluye recomendaciones sobre organización, priorización y acciones esperadas de un director de educación preuniversitaria.
Funciones
La Resolución 185/2020 establece las plantillas de cargos de las instituciones educativas, incluyendo las funciones asignadas al director. Las instituciones educativas cuentan con órganos de dirección y técnicos, cuya composición depende del nivel y tipo de educación, de acuerdo con lo normado por Educación y las especificidades de los organismos formadores.
Los directivos en educación son responsables de la conducción del proceso educativo, el desenvolvimiento académico, el desarrollo de la Ciencia, la Técnica y la Innovación, la labor administrativa de la entidad y cumplen otras obligaciones y atribuciones definidas porel organismo correspondiente.
Las funciones de los directores escolares y órganos de dirección se definen por el Reglamento Escolar (2015), así como en los manuales específicos para cada nivel educativo: en educación primaria por el Modelo de Escuela Primaria Cubana (2008), en educación secundaria básica por el Proyecto de Escuela Secundaria Básica (2006) y en la educación Preuniversitaria (la enseñanza del 10mo a 12mo grados) por el Documento de Trabajo del Director de Preuniversitario (2006).
Fijar expectativas: El director es responsable de concebir y ejecutar el Proyecto Educativo Institucional en colaboración con estudiantes, organizaciones y la comunidad, para lo cual debe fomentar relaciones de trabajo efectivas con instituciones externas mediante convenios.
De acuerdo con el Reglamento Escolar (2015), es responsabilidad del director organizar la guardia docente y estudiantil, definiendo las tareas de los estudiantes y las responsabilidades de los docentes, así como evaluar los resultados.
El Modelo de Escuela Primaria Cubana (2008), por su parte, establece que la dirección escolar en la escuela primaria es un proceso de dirección, cuya finalidad es el cumplimiento de sus fines y objetivos. Para lograrlo, la institución escolar dispone de una estrategia que, como Proyecto Educativo, debe orientar las acciones que se proyecten de acuerdo con el diagnóstico de directores, subdirectores, jefes de ciclo y personal administrativo que tienen la responsabilidad básica de conducir y ayudar a otras personas a lograr los objetivos. Adicionalmente, menciona que será responsabilidad del director dar seguimiento a las tareas docentes con el fin de lograr los objetivos y las acciones planificadas para cada curso escolar. Además, deberá organizar con sus trabajadores, padres y miembros de la comunidad grupos de trabajo permanentes o transitorios para encauzar la atención a determinadas prioridades de la escuela.
En la Educación Preuniversitaria, el director es responsable de conducir todas las tareas que se realizan en la institución, regidas por principios metodológicos, pedagógicos, científicos y políticos. Además, estas tareas son concretas, diferenciadoras y con carácter sistemático, sin olvidarse de concebir las diferentes estrategias por grados.
Desarrollar la enseñanza y el aprendizaje: El Reglamento Escolar (2015) dispone que el director debe garantizar el contenido pedagógico y educativo del centro educativo. La Resolución 185/2020 establece que debe, adicionalmente, garantizar la preparación, superación y capacitación permanente de los trabajadores. El Programa Director de Lengua Materna especifica que las direcciones principales del trabajo educacional tienen como prioridad la enseñanza de la Historia de Cuba, el Español y la Matemática. El Modelo de escuela primaria cubana (2008) menciona también que el director debe realizar coordinaciones con los jefes de ciclo para la planificación, ejecución y valoración de acciones de supervisión, entrenamiento, capacitación y el cumplimiento de la docencia directa, así como atender personalmente grados del primer ciclo cuando es numeroso el número de aulas.
Fomentar la colaboración: El Reglamento Escolar (2015) establece que el director de cada escuela, en conjunto con su Consejo de Dirección, debe brindar la atención necesaria a las familias y coordinarse con los representantes de la comunidad. En particular, debe orientarlas para hacer más efectiva su labor en la educación de los hijos y en la preparación de estos para la vida ciudadana. Además, el reglamento especifica que el director debe proporcionar periódicamente a las familias información sobre los resultados alcanzados durante el curso escolar.
De la misma manera, el director de cada institución educativa, en conjunto con el Consejo de Dirección y el Consejo de Escuela, es responsable de dirigir el proceso de elaboración, análisis, aprobación, divulgación y control del cumplimiento de los horarios de vida y docentes, los cuales se sustentan en el proyecto educativo institucional y el de cada grupo.
El Modelo de escuela primaria cubana (2008) convoca y estimula la participación activa del colectivo de trabajadores, alumnos, maestros en formación, familia y factores de la comunidad, en la determinación y ejecución de las acciones que contribuyan al logro de los objetivos, y analiza e informa los resultados que se obtienen. Adicionalmente, menciona que el director deberá actuar como mediador en la resolución de conflictos entre los diferentes actores de la comunidad educativa y fomentar un clima favorable para el desarrollo de los escolares y el trabajo del colectivo docente.
Apoyar el desarrollo del personal: La Resolución No. 357/2015 establece que el director de cada escuela, en conjunto con su Consejo de Dirección, debe crear las condiciones que garanticen el máximo desarrollo de las capacidades mentales y físicas de los estudiantes, fomentar una cultura cívico-ciudadana, económica, productiva y de cuidado medioambiental, así como proteger la salud de los escolares. Además, la Resolución 185/2020 establece que el director debe organizar la participación de los educandos y del personal docente en las actividades de Formación Laboral y Vocacional.
En la Educación Técnica y Profesional, el director planifica, organiza y controla a los profesores, educandos y especialistas de la producción en todos losprocesos que intervienen en el accionar educativo para lograr una formación equilibrada, con el aprendizaje de un conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores dentro de una concepción de desarrollo humanopara ejercer un adecuado desempeño profesional y personaly dinamizarel desarrollo territorial.
Actuar de acuerdo con los principios éticos de la profesión: Los directivos deberán cumplir con el Código de Ética de los Cuadros del Estado cubano. De acuerdo con el Reglamento Ramal para el Trabajo con los Cuadros del MINED (2000), además de los requisitos generales, los aspirantes a directores deben cumplir ciertos criterios específicos, tales como: comportamiento laboral y personal ético, capacidad de dirección y organización, grado de conciencia y responsabilidad ante el trabajo, resultados satisfactorios en el desempeño laboral, así como prestigio y reconocimiento social.
Otros: La Resolución No. 357/2015 establece que el director de cada escuela, en conjunto con su Consejo de Dirección, debe establecer y controlar los horarios del día y de las actividades docentes, incluyendo los períodos de descanso activo y pasivo. Además, debe garantizar la participación de todos los estudiantes en las actividades políticas, culturales, deportivas y recreativas que se planifiquen, así como la organización, control y disciplina en el traslado y desarrollo de las actividades que se realicen fuera de la institución.
En la Educación Preuniversitaria, el director cuenta con los Órganos Técnicos de Dirección, así como con las organizaciones políticas, estudiantiles y de masas, de cuyo funcionamiento estable y coherente dependen en gran medida la eficiencia y la eficacia de la institución educativa. De cómo se relacionen estos órganos entre sí, de cómo funcionen con carácter de sistema para el logro de los objetivos finales, dependerá la efectividad con que cada miembro del colectivo pedagógico ejecute las tareas a él asignadas.
2.2. Selección y condiciones laborales
Requisitos de titulación y experiencia
El Decreto-Ley No. 13 (2021) establece requisitos generales para optar a un puesto de cuadro, que incluyen «mostrar dominio y conocimiento de la actividad a realizar» y tener una sólida preparación técnico-profesional para el cargo. Por su parte, el Decreto Presidencial No. 208 (2021) define el perfil de competencias como el documento que describe los conocimientos, habilidades y valores necesarios para desempeñar un cargo. Además, existen programas de formación para directores, como diplomados de posgrado, que no son obligatorios.
Según el Reglamento Ramal del MINED (2000), para seleccionar a los directores se exigen requisitos obligatorios que, de no cumplirse, descalifican a los candidatos. Estos requisitos incluyen tener formación psicopedagógica o un título universitario en educación, haber trabajado como docente en una escuela y demostrar un alto nivel de profesionalismo como educador.
Decisión de nombramiento
El Decreto-Ley No. 13 especifica que la selección de los cuadros se somete a consulta por diferentes vías y se aprueban aquellos que poseen las mejores condiciones, cualidades y méritos, cumpliendo con los requisitos de idoneidad, generales y específicos establecidos en la normativa. El Decreto Presidencial No. 208 de 2021 establece que los procesos de selección de cuadros se realizan por los jefes y órganos facultados, siguiendo las siguientes etapas: análisis de los candidatos, consulta y aprobación.
Según el Decreto-Ley No. 13 (2021), los procesos de selección, movimiento, reserva y evaluación de los cuadros elegidos se rigen por disposiciones específicas.
Medidas de equidad
No se ha encontrado información sobre medidas de equidad en el nombramiento de posiciones de liderazgo escolar.
Condiciones laborales
Según el Decreto Presidencial 208 (2021), la relación de trabajo del cuadro es por tiempo determinado y no exige el cumplimiento de un período de prueba. Sin embargo, sí se establecen algunas disposiciones por las cuales la relación de trabajo puede terminarse.
2.3. Desarrollo y preparación para el liderazgo
Formación inicial
El Decreto-Ley No. 13 (2020) especifica que los cuadros tienen el derecho de «ejercer las atribuciones y funciones propias del cargo que ocupan, recibir las informaciones y la preparación que requieran para su pleno desempeño, así como ser evaluados periódicamente y conocer sus resultados». El director debe tener una sólida preparación para desarrollar su labor. De acuerdo con un estudio (2018) sobre la formación de directores escolares, el Ministerio de Educación traza y pone en práctica políticas para consolidar su formación, promoviendo alternativas que permitan lograr este objetivo. Conscientes de las nuevas demandas en la educación, se requiere una nueva visión en la formación de estos directivos, quienes deben enfrentar misiones complejas en la escuela.
Inducción y formación continua
El III Perfeccionamiento del Sistema Nacional de Educación (SNE) (2021) es una investigación sobre la educación cubana que propone soluciones para transformar el funcionamiento de las instituciones y modalidades educativas en los diferentes niveles y tipos de educación. Estos cambios incluyen un mayor protagonismo de los agentes educativos, una mayor flexibilidad en los estilos de dirección y en el currículo, y el apoyo a las nuevas modificaciones en los planes y programas del Ministerio de Educación Superior (MES). Además, se destaca la creación de las escuelas pedagógicas y la necesidad de una mayor preparación de directivos y docentes para implementar las transformaciones diseñadas.
El Decreto-Ley No. 13 (2020) establece el Sistema de Preparación y Superación de los Cuadros y sus Reservas como el elemento principal para la proyección del desarrollo y tiene como objetivo garantizar la continuidad del proceso educativo bajo el principio de una sólida formación político-ideológica, técnico-profesional, en administración y dirección, así como en defensa nacional, territorial y civil. Es un proceso continuo que se inicia durante el ejercicio de su profesión con la identificación de sus potencialidades y capacidades para el liderazgo.
La formación del profesional de la educación en Cuba constituye un sistema de formación continua, cuya finalidad es contribuir a su formación integral, con un amplio sentido humanista que propicie su participación como agentes transformadores.
En la actualidad, en Cuba, se definen dos niveles de formación docente: el nivel medio superior, que se desarrolla en las 29 Escuelas Pedagógicas, y el nivel superior, que se desarrolla en las Universidades y Centros Universitarios Municipales. Ambos niveles tienen como denominador común el proceso de formación de docentes para los diferentes subsistemas del Sistema Nacional de Educación, caracterizado por su carácter humanista, ético y científico-tecnológico, en el que constituye una prioridad la educación en valores, normas y actitudes que le permitan asumir con éxito su labor profesional y su función social como activistas de la política educacional. El fin de la formación pedagógica de nivel medio superior lo constituye la formación integral de la personalidad del futuro educador mediante la ampliación, aplicación y profundización de los contenidos de las disciplinas de Formación General, de Formación Pedagógica y de las Particulares de cada especialidad, en correspondencia con los ideales patrióticos y humanistas de la sociedad socialista cubana en su desarrollo próspero y sostenible; expresados en sus formas de sentir, pensar y actuar de manera independiente, de acuerdo con su nivel de desarrollo y particularidades individuales, sus intereses y motivaciones por la profesión, según las necesidades sociales, que le permitan prepararse para la dirección del proceso educativo en las instituciones y modalidades educativas de las diferentes especialidades para las cuales se forman, así como para continuar estudios superiores en carreras pedagógicas.
La formación continua, establecida por el acuerdo 8625 del Consejo de Ministros, así como las resoluciones 138, 139 y 140, normas complementarias del Ministerio de Educación Superior, tiene como uno de sus componentes la Educación de Posgrado, que se organiza en superación profesional y formación académica. La primera tiene entre sus formas principales el curso, el entrenamiento y el diplomado, mientras que como formas secundarias se conciben el seminario, el taller, la conferencia especializada, el debate científico, la autopreparación y la consulta, entre otras.
Por su parte, la formación académica prevé los programas de maestría, en los que actualmente se mantienen 1934 docentes matriculados, así como las especialidades de posgrado por las que transitan 321 docentes y la formación doctoral, en la que están involucrados 547 docentes.
De manera general, estas acciones responden a las demandas realizadas por los niveles educativos, a partir de los principales problemas y desafíos que afectan el desarrollo educacional de los territorios, las cuales se coordinaron con las Universidades mediante convenio.
Cabe señalar que existe una estrategia para atender la formación de los cuadros, que orienta su tránsito por las diferentes formas de organización antes mencionadas, lo que permite reforzar el liderazgo científico-técnico de los docentes con responsabilidades de dirección.
3. Docentes, familias y estudiantes
3.1. Juntas directivas y/o comités de gestión
Los Consejos de Dirección se definen como la actividad del director y su colectivo de dirección en la aplicación consciente y creativa de las leyes y principios de la dirección social, para asegurar los planes correspondientes entre los objetivos planteados por la sociedad y los resultados alcanzados por la escuela como institución docente-educativa. El Modelo de escuela primaria cubana (2008) establece que el Consejo de Dirección es el máximo órgano de dirección que dirige, orienta y evalúa la estrategia educativa de la Escuela para el cumplimiento del Fin y los Objetivos. Este órgano lo preside el Director y lo integran el Subdirector y/o Jefes de Ciclos, el Guía Base, los Secretarios del Núcleo del PCC, del Comité de Base de la UJC y de la Sección Sindical; el Jefe de Colectivo de Pioneros, el jefe de brigada de la FEU (microuniversidad), el Presidente del Consejo de Escuela, el médico escolar, así como el Administrador y el Subdirector de Internado, en los casos de los centros que lo posean. Como invitados pueden participar otros factores de la escuela o la comunidad que sean de interés. El Consejo de Dirección en la educación secundaria, acorde a lo establecido en el Proyecto de Escuela Secundaria Básica (2006), lo integran: el director, el secretario docente, los jefes de grado, el guía base, los Secretarios del núcleo del PCC, del Comité de Base de la UJC, de la Sección Sindical, el Presidente del Consejo de Pioneros, el Presidente del Consejo de Escuela, el Representante de la FEU y el médico escolar, así como el subdirector docente, administrador y subdirector de internado y de producción en los centros que lo llevan. Es el máximo órgano de dirección que dirige la estrategia educativa de la escuela y valora el cumplimiento de la política educacional. Su frecuencia es mensual y puede ser convocado de forma extraordinaria cuando el director lo considere necesario. Las funciones del Consejo de Dirección incluyen proyectar acciones para actualizar el diagnóstico integral de la escuela y la comunidad, realizar análisis sistemáticos del cumplimiento de indicadores de eficiencia y organizar y evaluar el trabajo político-ideológico, la preparación para la defensa, la formación laboral, la educación artística y física, y la orientación profesional de los alumnos. También deben conformar y evaluar una estrategia por prioridades, evaluar el cumplimiento de los objetivos durante el curso escolar, aprobar los planes de trabajo y temas a discutir en diversos consejos, proyectar el trabajo docente y actividades curriculares, determinar estrategias diferenciadas para docentes y alumnos, organizar el trabajo de la microuniversidad, aprobar y evaluar el sistema de evaluación escolar, planificar el sistema de control e inspecciones de la escuela y atender y estimular a sus cuadros y trabajadores.
Según el Proyecto de Escuela Secundaria Básica (2006), el Consejo Técnico está presidido y dirigido por el director y está compuesto por el subdirector (si aplica según la matrícula del centro), los jefes de grado, el secretario docente, el guía base y la bibliotecaria. Este consejo concreta el diseño de las acciones proyectadas por el Consejo de Dirección en relación con el trabajo docente y otras actividades curriculares, metodológicas, científicas y de superación, y propone al Consejo de Dirección los temas de mayor relevancia para la labor docente y educativa de la escuela. Su frecuencia es mensual.
Los colectivos de ciclo y grados son presididos por el director y dirigidos por el coordinador. Se analizan los resultados de los controles a clases y las visitas de ayuda mutua, las evaluaciones parciales y finales de los educandos, el autoestudio, el trabajo de la cátedra de formación de valores, los acuerdos de los colectivos anteriores y otras actividades. Se valoran los resultados del trabajo correctivo-compensatorio y las acciones diseñadas en las estrategias de atención educativa y su salida a través de la clase, así como otros procesos escolares que implican el desempeño del colectivo de trabajadores.
Según el Modelo de escuela primaria cubana (2008), el Claustro, como órgano técnico, es presidido y dirigido por el director. Se convoca al menos dos veces en el curso de manera ordinaria y cuantas sean necesarias de forma extraordinaria para discutir los problemas más importantes que afectan el cumplimiento de las metas trazadas. Esto incluye revisar avances, logros, insuficiencias, dificultades, así como las fortalezas y potencialidades para transformar la escuela según la dirección deseada. Se elabora una agenda anual de carácter técnico, metodológico y científico. Se debe designar a docentes y especialistas individualmente o formar comisiones para abordar determinados temas de la agenda. Además, se trazan y evalúan las estrategias y metas para dichos fines. Adicionalmente, el Proyecto de Escuela Secundaria Básica (2006) establece que el Claustro, presidido y conducido por el director, incluye a todos los profesores del centro y a representantes de las organizaciones, incluyendo a la estudiantil. Deben celebrarse al menos tres reuniones durante el curso escolar: en septiembre, enero y junio.
3.2. Líderes intermedios (docentes con responsabilidades de liderazgo)
En las instituciones educativas de todos los niveles del SNE se definen como líderes intermedios a los docentes con responsabilidades de liderazgo, que se les denomina Profesor guía. Este es aprobado por el director de la escuela, se selecciona entre los profesores de cada grupo y tiene la misión de guiarlos en función del cumplimiento de todas las indicaciones dadas para lograr el buen funcionamiento de cada colectivo de estudiantes, así como la responsabilidad de dirigir y coordinar el trabajo docente-educativo del grupo. La actividad del profesor guía es una tarea pedagógica con un profundo contenido educativo. Integra el sistema de acciones e influencias educativas en el ámbito escolar, familiar y comunitario; además de las funciones que le son inherentes como docente, se encargará de participar en el proceso de entrega pedagógica. Dirige y controla el proceso de evaluación integral del estudiante y la actualización de las estrategias individual y grupal, sobre la base del cumplimiento de los deberes escolares. Se encarga de recopilar, con la ayuda de los padres, familiares, profesores del grupo y dirigentes de las organizaciones estudiantiles, la información necesaria para la actualización del expediente académico del estudiante y establecer las vías adecuadas en su correcta utilización como instrumento idóneo para el trabajo educativo.
3.3. Familias
Según el Modelo de escuela primaria cubana (2008) y el Proyecto de Escuela Secundaria Básica (2006), el consejo de escuela debe ser un espacio donde los actores sociales puedan ser escuchados, organizados y animados en la tarea de integrar la comunidad y la escuela para la solución de los problemas. Donde el accionar conjunto de padres, maestros y representantes de la localidad permita el aprendizaje y el permanente perfeccionamiento no solo del funcionamiento del consejo, sino del papel de cada uno en el desarrollo de la tarea de formar a nuestros educandos.
Se establece una cooperación entre el director y el presidente del consejo de escuela. Ambos deben analizar periódicamente los indicadores de eficiencia (asistencia, puntualidad, entrada al pase en las escuelas internas), calidad del aprendizaje, el estudio independiente, la formación político-ideológica y vocacional, la preparación para el tránsito, la labor preventiva, el cumplimiento de las acciones en las estrategias, el cumplimiento del reglamento escolar, emulación, resultados de la labor social, la educación de padres y apoyo en las tareas escolares de sus hijos. Se retroalimenta de las opiniones de la comunidad sobre el funcionamiento de la escuela. Asimismo, se exige la participación de representantes de organismos y organizaciones según corresponda.
3.4. Estudiantes
La Resolución No. 357 (2015) menciona que son derechos comunes de los estudiantes pertenecer a la organización estudiantil en dependencia del nivel educacional que cursan. Además, tienen el derecho de participar en las actividades que estas organicen, incluyendo las asambleas de destacamento o grupo, elegir o ser elegidos dirigentes de esta organización y ser representados por ella en el Consejo de Dirección del centro. Los estudiantes también tienen el derecho de participar en todas las actividades que se programen en el centro, así como en la toma de decisiones y expresar sus opiniones, críticas y sugerencias en el “lugar y formas adecuadas”.
En cada institución educativa de Preuniversitario, Educación Técnica y Profesional y de las Escuelas Pedagógicas, se establece un Ejecutivo de la FEEM (Federación Estudiantil de Enseñanza Media), cuyo protagonismo lo ejerce en la participación activa de las actividades estudiantiles que se desarrollan en la institución, y desde el consejo de dirección se potencian los procesos de la organización para que las actividades estudiantiles de la institución educativa sean lideradas por ellos. Además, el director es el encargado de garantizar y organizar la superación política y preparación en general que les permita el desarrollo de la autodirección en las tareas inherentes a la FEEM. Los dirigentes de esta participarán, emitirán criterios y puntos de vista para encauzar el trabajo de la organización y la solución de los problemas de la institución educativa. El director debe crear los espacios para que los dirigentes de la FEEM y los estudiantes expresen sus ideas sobre cómo debe funcionar la institución educativa y propiciarles la ejecución de acciones, con un papel protagónico en la creación de un ambiente de estudio. Con frecuencia mensual se desarrollan las Asambleas de grupos, que son presididas y dirigidas por el Presidente de la FEEM, con el apoyo del Profesor guía, e integradas por todos los estudiantes del grupo docente, por un miembro del Secretariado de la FEEM de la Institución y otros invitados. En este espacio se realizan los análisis individuales con cada estudiante de su Evaluación Integral, a partir de su disciplina, actitud ante las tareas de la FEEM, resultados del aprendizaje y todos los demás aspectos definidos por la FEEM.
La Organización de Pioneros José Martí (OPJM) potencia las estrategias dirigidas a los educandos a partir de un sistemático y adecuado funcionamiento en el nivel correspondiente del sistema educacional, con la organización de actividades para las diferentes edades. El director debe poner énfasis en la selección y preparación del guía base, teniendo en cuenta que forma parte de su reserva y de los guías de cada destacamento. La estructura de dirección de la OPJM en la escuela la conforman cuatro miembros y, para potenciar su protagonismo, es vital que los principales procesos de esta y el funcionamiento de la escuela sean liderados por ellos. Entre estos líderes estudiantiles se encuentran el jefe de colectivo de la OPJM, activista de estudio, activista de cultura y divulgación, activista de deporte y recreación y activista de trabajo. Debe constituirse la tropa de pioneros exploradores. El jefe de tropa debe exigir la realización del tiro masivo y su categorización. Se tiene que tener creada el área metodológica de exploración y campismo, el mural de nudos y señales y realizar al menos tres acampadas en el curso. Los educandos de esta Educación Secundaria Básica se incorporan de forma voluntaria a la OPJM, y, en su condición de pioneros, deben asumir de manera participativa el reglamento escolar y cumplirlo, lo que significa lograr una autorregulación grupal en sus diversas actividades. El grupo es base de la organización, en el que se promueve la participación estudiantil en la conformación del proyecto educativo de grupo encaminado al cumplimiento del fin y objetivos de este nivel educativo.
4. Governanza
4.1. Autonomía de líderes escolares
El director debe tener la capacidad de adoptar decisiones sobre aspectos relevantes como el currículo, métodos de enseñanza y asignación de recursos.
El director debe lograr el control económico y financiero de su escuela, para lo cual debe disponer de los informes de las visitas de inspección especializadas e integrales, auditorías, verificaciones fiscales realizadas al centro, plan de medidas y su seguimiento, los análisis de los estados financieros de las unidades presupuestadas o de los documentos primarios, y la instrumentación de la Resolución 297/2003 del MFP. Además, los directores tienen competencias para contratar o despedir docentes.
El currículo es definido por el Ministerio de Educación a partir del plan de estudio vigente por la Resolución No. 133 de 1997 y su aplicación queda bajo la responsabilidad de los directores de Educación. Durante la pandemia del COVID-19 se hicieron excepcionalmente “Adaptaciones Curriculares”.
4.2. Evaluación y rendición de cuentas de los líderes escolares
La Resolución Ministerial No. 120/08 aprueba el Reglamento del Sistema de Inspección del Ministerio de Educación y norma dos tipos de inspecciones, estableciendo que el objetivo principal es «la fiscalización del cumplimiento de la política educacional, el control del proceso de dirección que se ejecuta y el papel de los cuadros principales en dicho proceso».
El Decreto-Ley No. 13 (2020) regula el proceso de evaluación de los cuadros como un instrumento de dirección y educación. Establece que la evaluación de los cuadros es un proceso de carácter sistemático e integral; es un instrumento de dirección y educación que permite valorar la preparación técnico-profesional, la habilidad de dirección, la disciplina administrativa, la constancia, los resultados de desempeño y las cualidades patrióticas, revolucionarias, políticas-ideológicas y éticas de los cuadros. Es una valoración completa que contiene criterios concluyentes sobre el estado de desarrollo del cuadro y las recomendaciones en cuanto a la preparación, ubicación o estimulación, que son tomadas en cuenta tanto para su proyección de forma inmediata como estratégica. El proceso de evaluación se desarrolla anualmente.
La evaluación de los directores es realizada, según las normativas, por el Ministerio de Educación. Los directores de los centros deben participar en la capacitación que implica el avance en el ejercicio de sus funciones y, a su vez, reciben la evaluación de sus resultados. Los directores de escuela son evaluados formalmente por sus instancias superiores, pero también son evaluados de manera informal por su desempeño ante la comunidad en la que desarrollan su labor. Las correcciones a actuaciones fuera de las permitidas en el uso de sus responsabilidades están sujetas a sanciones. La permanencia en su cargo depende de los resultados de su evaluación.
4.3. Evaluación docente por parte de los líderes escolares
La Resolución 160/2014 establece la metodología para la evaluación de los resultados del trabajo del personal docente. Esta metodología establece los indicadores y el procedimiento para la elaboración de los certificados de evaluación. La evaluación es un proceso ininterrumpido que posibilita la educación y corrección de los evaluados en el propio desarrollo de su trabajo. El directivo de la institución educativa es el máximo responsable de este proceso y, de común acuerdo con las organizaciones sindicales, realiza un análisis mensual del cumplimiento de los objetivos de trabajo, las atribuciones, las obligaciones y el plan de desarrollo individual, donde el trabajador pueda ganar conciencia de los aspectos que debe mejorar para el siguiente mes.
Este perfil fue revisado por Cira Piñeiro Alonso, Viceministra Primera del Ministerio de Educación, Marlen Triana Mederos, Directora General de Educación Básica del Ministerio de Educación; Lien O’Farril Mons, Director General de Educación Media Superior del Ministerio de Educación; Gema Díaz Díaz, Directora General de Formación y Actividad Científica del Ministerio de Educación; y Amalfi Rivero Ojeda, Directora Nacional de Cuadros del Ministerio de Educación.