INCLUSIÓN

1. Definiciones

2. Sistema escolar

3. Leyes, polÌticas y programas

4. Gobernanza

5. Ambientes de aprendizaje

6. Docentes y personal educativo

7. Datos y monitoreo

 

  1. Definiciones

Educación Inclusiva

Según el Plan Nacional de Educación Inclusiva (2006), la educación inclusiva surge del convencimiento de que todos tenemos el derecho a la educación es un derecho humano básico que está en la base de una sociedad más justa. La educación inclusiva “supone un impulso a la agenda de la Educación para Todos(as), desarrollando formas de habilitar a las escuelas para que atiendan a todos los niños y niñas de su comunidad, como parte de un sistema inclusivo.”

La educación inclusiva se centra en todo el alumnado, “prestando especial atención a aquellos que tradicionalmente han sido excluidos de las oportunidades educativas, tales como alumnos(as) con necesidades especiales y discapacidades, niños(as) pertenecientes a minorías étnicas y lingüísticas, y otros.”

Necesidades Educativas Especiales (NEE)

De acuerdo con el Plan Nacional de Educación Inclusiva (2006),  los alumnos con NEE son aquellos que presentan dificultades para progresar en relación con los aprendizajes escolares, y deben recibir las ayudas y apoyos especiales, ya sea de forma temporal o permanente, en el contexto educativo más normalizado posible.

Educación Especial

De acuerdo con el Ministerio de Educación, la educación especial “es una modalidad del sistema educativo que desarrolla su acción de manera transversal en los distintos niveles, tanto en los centros educativos inclusivos, proveyendo un conjunto de servicios, recursos humanos, técnicas, conocimientos especializados y ayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedan presentar algunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo de su escolaridad”

 

  1. Sistema escolar

La Ley 42 de 27 de Agosto de 1999 por la cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad establece que la persona con discapacidad de incluirá en el sistema educativo regular, el cual debe proveerle los servicios de apoyo y las ayudas técnicas, que le permitan el acceso al currículo regular y la equiparación de oportunidades. La educación especial será garantizada e impartidas a aquellas personas que, en razón de su discapacidad, lo requiera dentro del sistema educativo regular (art. 19). Cuando los requerimientos de apoyo sean de tal complejidad y magnitud que exceda la capacidad de servicios dentro del aula regular, el Estado garantizará estos servicios en los centros o unidades de apoyo dentro del sistema educativo regular (art. 20).

El Decreto Ejecutivo No. 1 del 4 de Febrero de 2000 establece la normativa para la inclusión educativa de la población con necesidades educativas especiales. Decreta que la enseñanza de los alumnos con NEE “será impartida en centros de educación regular o especial, de acuerdo con las necesidades del alumno y de las características del contexto educativo, priorizando la educación de la población escolar con NEE en centros de educación regular, preferentemente en el centro educativo más cercano al lugar de su residencia.” Los centros de educación regular realizarán las siguientes modificaciones educativas a fin de garantizar la permanencia y continuidad de la población con NEE:

  1. Inclusión en el aula regular a tiempo completo
  2. Inclusión parcial por periodos variables en el aula regular
  3. Atención educativa en el aula especial

Cuando la naturaleza y el grado de discapacidad no posibiliten la inclusión en establecimientos de educación regular, ésta será impartida en centros de educación especial. Recibirán la acreditación por parte del Ministerio de Educación y la Dirección Regional (art. 7).

La Ley Orgánica de Educación de 2004 decreta que los centros especiales para los estudiantes con talentos especiales serán financiados con los recursos económicos del Ministerio de Educación, de patronatos, fundaciones y empresas privadas que brinden su colaboración.

Existen Servicios de Apoyo Educativo (SAE) distribuidos en las escuelas del Plan Nacional de Educación Inclusiva de las 13 regiones educativas del país. Se trata de servicios de apoyo llevados a cabo por profesionales de la educación especial, psicología, trabajo social, dificultades de aprendizaje, entre otros que apoyan a la escuela transitoriamente a fin de discutir planes y propuestas educativas para los estudiantes con NEE.

85 escuelas hacen parte del Programa Aulas Accesibles en el marco del Plan Nacional de Educación Inclusiva. Cabe destacar igualmente el Proyecto de aula hospitalaria y domiciliaria que busca garantizar el acceso a la educación a los niños y jóvenes que enfrentan limitaciones de carácter físicas y de salud. La educación hospitalaria es “una modalidad de los sistemas educativos, orientada a garantizar a los niños, que se ven afectados para asistir con puntualidad a una institución educativa, el derecho a la educación, eliminando así la repitencia, la deserción escolar y el ausentismo, se muestra entonces el rostro humano de la educación, garantizando la igualdad de oportunidades, permitiéndoles la continuidad de sus estudios y estar integrados al sistema educativo nacional”.

 

  1. Leyes, políticas y programas

La Constitución Política de Panamá de 1972  establece en su artículo 91 que todos tienen el derecho a la educación y la responsabilidad de educarse. La educación oficial es gratuita en todos los niveles pre-universitarios. Es obligatorio el primer nivel de enseñanza o educación básica genera (artículo 95).

La Ley Orgánica de Educación de 2004 establece en su artículo 1 que la educación es un derecho y un deber de la persona humana, sin distinción de edad, etnia, sexo, religión, posición económica, social o de ideas políticas.

Varias leyes y normas que le dan sustento legal a la educación inclusiva en Panamá. Se considera de interés social el desarrollo integral de la población con discapacidad, en igualdad de condiciones de calidad de vida, oportunidades, derechos y deberes, que el resto de la sociedad, con miras a su realización personal y total integración social.

El Plan Nacional de Educación Inclusiva (2006) se apoya en la idea de que todos los estudiantes son diferentes, tienen necesidades educativas distintas y aprenden a ritmos diferentes y de distintas formas. El Plan busca:

  • Garantizar una oferta educativa en calidad y equidad que ofrezca oportunidades de aprendizaje significativo a niños, niñas y jóvenes para minimizar barreras al aprendizaje
  • Capacitar a docentes, directores(as) y supervisores(as) en el enfoque de educación inclusiva
  • Fortalecer los conocimientos de atención a la diversidad de acuerdo a las características de la población escolar del país
  • Determinar adaptaciones que den respuestas a las necesidades de los alumnos.
  • Utilizar estrategias efectivas curriculares que den respuestas a la diversidad en el aula.
  • Planificar formas de apoyo y trabajo colaborativo en el aula y con la comunidad educativa.
  • Promover estrategias que favorezcan la gestión de la inclusión educativa.

El Plan Estratégico Nacional con Visión de Estado: Panamá 2030 establece entre sus objetivos la priorización de los ODS incluida la educación inclusiva y equitativa de calidad y la promoción de oportunidades de aprendizaje pertinentes para todos. Reconoce los avances en las últimas décadas como la cobertura universal en primaria, el incremento en los niveles de alfabetización y la reducción de la deserción escolar pero también los desafíos. Por ejemplo, la deserción escolar se manifiesta mas alta en los hombres que en las mujeres y afecta especialmente a las comarcas indígenas y provincias de Darién y Bocas del Toro.

De acuerdo con el Plan Panamá 2030, la educación inclusiva tiene como propósito el mejoramiento del acceso y calidad de la educación del país. Ello supone, la revisión del currículo, el desarrollo de capacidades y acompañamiento educativo, la capacitación y actualización docentes, mejoras en la infraestructura y la generación de un sistema de información a nivel nacional que facilite un diagnóstico de necesidades en tiempo real.

Entre las acciones relevantes cabe resaltar:

  • Desarrollar una gestión educativa eficiente que promueva aprendizajes significativos según competencias y capacidades para alcanzar una inclusión social.
  • Formación pedagógica integral de los docentes en ejercicio
  • Aumentar la cantidad de jóvenes y adultos con conocimientos para el uso y aprovechamiento de las TIC
  • Reducción gradual y sistemática de las aulas multigrados reemplazadas por escuelas completas

El Compromiso Nacional por la Educación es un compromiso de distintos sectores y actores de la sociedad para que el sistema educativo de Panamá promueva el ejercicio efectivo del derecho a una educación de calidad y con equidad para todos los panameños y panameñas. Se promueve la educación inclusiva que garantice el acceso a la educación de los estudiantes con NEE con y sin discapacidad y la promoción de oportunidades educativas para estos estudiantes en un entorno accesible y en igualdad de oportunidades al resto de sus pares. También promueve la educación inclusiva para la atención a la diversidad y la educación intercultural. Busca garantizar una educación asequible, disponible, adaptable y de calidad que atienda todas las formas de exclusión y marginalización e incrementar la oferta de educación intercultural bilingüe de calidad contextualizada e inclusiva para niños, niñas y adolescentes de los pueblos originarios

Discapacidad

La Ley 42 de 27 de Agosto de 1999 por la cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad establece en su artículo 18 que las personas con discapacidad tienen derecho a la educación en general. La persona con discapacidad se incluirá en el sistema educativo regular. El Estado garantizará la educación de personas que requieran apoyos adicionales en centros o unidades de apoyo dentro del sistema educativo regular. La ley establece que “en los casos en que se interrumpa o no se puede iniciar el proceso educativo habilitatorio y/o rehabilitatorio de las personas con discapacidad, ya sea por la carencia de recursos por parte de su familia o porque viven en áreas de difícil acceso, el Estado destinará los recursos financieros que le aseguren el ejercicio de su derecho de habilitación, educación y rehabilitación”.

La sección tercera de la Ley Orgánica de Educación de 2004 hace referencia a la educación especial. Establece que la educación especial atenderá a aquellas personas que no puedan beneficiarse óptimamente del proceso de enseñanza de aprendizaje ofrecido por el subsistema regular. Esta población comprende; personas con discapacidad física y mental, personas con trastornos específicos de aprendizaje y personas con condiciones intelectuales excepcionales y talentos especiales.

El Decreto Ejecutivo No. 1 del 4 de Febrero de 2000 establece la normativa para la inclusión educativa de la población con NEE. Decreta que el sistema educativo por medio del subsistema regular y no regular ofrecerá educación con calidad en todos los niveles a los estudiantes con NEE temporales o permanentes, desde el momento de su detección. 
 

El Decreto Ejecutivo no. 30 del 16 de marzo de 2000 establece los objetivos y funciones de la Dirección Nacional de Educación Especial del Ministerio de Educación.

En junio de 2006 se aprobó el Resuelto No. 924 mediante el cual se adoptó en todos los centros educativos públicos del país el Programa Educativo Individual (PEI) para favorecer la accesibilidad y adecuaciones curriculares de los estudiantes con NEE a los contenidos de los aprendizajes

La certificación de discapacidad que otorga la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) permite gozar de los beneficios que otorga la ley no. 134 de diciembre 2013 como becas en cursos, seminarios y talleres de capacitación y educativos de nivel básico, medio, superior y posuniversitario.

La Ley 15 de 31 de mayo de 2016 incluyó reformas a la Ley 42 de 1999. Decreta que las personas con discapacidad tienen derecho a la educación, a la formación profesional a la educación para adultos y al aprendizaje durante toda la vida, sin discriminación y sobre la base de igualdad de oportunidades, a través de un sistema de educación inclusivo con equidad y de calidad en todos los niveles y modalidades de la educación.

Por último, el Resuelto no. 709 del 25 de febrero de 2016 crea el Programa de Aptitudes Sobresalientes y Talentos Específicos dedicado a los estudiantes del primer y segundo nivel de enseñanza que en su desenvolvimiento educativo demuestran aptitudes sobresalientes y talentos específicos. El programa busca brindar atención oportuna e integral a estos estudiantes e incorporar métodos, planes y actividades necesarias que permitan el desarrollo pleno de sus potencialidades.

La Política de Discapacidad de la República de Panamá (2009) buscó garantizar las oportunidades de acceso, permanencia y egreso de las personas con discapacidad en el sistema educativo en todos los niveles y en los ámbitos público e privado, e incorporar la educación inclusiva en el Plan Nacional de Educación con el fin de garantizar a la población con discapacidad el acceso a una educación de calidad con equidad social. La política incluye una serie de líneas de acción para la educación inclusiva que incluyen reforzar los programas de estudios para la formación docente, apoyar el acceso de la población con discapacidad de escasos recursos a programas de becas y préstamos, garantizar el acceso de la educación con discapacidad a la educación superior  e impulsar programas de sensibilización sobre atención a las personas con discapacidad en la comunidad educativa, entre otros.

Género

La Ley no. 4 de 29 de enero de 1999 garantizó la igualdad de oportunidades para las mujeres y la condena de todo tipo de violencia. Prohibió la discriminación por razón de sexo y buscó la integración plena de las mujeres panameñas al proceso de desarrollo, político, económico, social y cultural del país.

La Ley 60 de 2016 reformó la Ley 29 de 2002 sobre la menor de edad embarazada. Tiene por objeto establecer un marco normativo que garantice los derechos de las menores de edad embarazadas, entre ellos su permanencia en el sistema educativo.

La Ley 7 de 2018 adopta medidas para prevenir, prohibir y sancionar actos discriminatorios. Decreta que corresponde al Ministerio de Educación y a la Universidad de Panamá como fiscalizadora de las universidades particulares, promover y desarrollar programas educativos para la prevención de conductas de acoso sexual o moral, racismo y sexismo. Los centros de enseñanza oficiales o particulares también tendrán la responsabilidad de establecer una política interna que prevenga, evite y sancione este tipo de conductas.

La Política Pública de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (PPIOM) elaborada por el Instituto Nacional de la Mujer en 2012 cuenta con un lineamiento estratégico en educación que promueve “educación con equidad e igualdad de género, sin discriminación, respetando la interculturalidad, intergeneracionalidad, nacionalidad, clase social, edad, etnia, sexo, identidad sexual e ideas. Se incluyen una serie de objetivos estratégicos en materia de educación.

Según las Observaciones finales del Comité para la Discriminación contra la Mujer a la República de Panamá, se han realizado varias medidas encaminadas a promover la protección de derechos de la mujer y la igualdad entre las mujeres. Entre ellas cabe destacar el Plan Nacional para la Prevención y Atención de la Violencia Doméstica y la creación del Instituto Nacional de la Mujer en 2009.

Una de las prioridades del Plan Estratégico Nacional con Visión de Estado: Panamá 2030 es la igualdad y equidad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas. Se busca reducir las brechas de género en el acceso a la educación en todos los niveles y promover acciones en torno a la igualdad de oportunidades, la diversidad y la prevención de la violencia.

Grupos étnicos y lingüísticos y población indígena

Panamá ofrece a los pueblos originarios (pueblos ngäbe, dule, emberá, bugle, wounaan, naso y bribri) una educación que tenga en consideración su conciencia de identidad y pertenencia y que les permita desarrollar su competencia comunicativa en todos los niveles de la educación intercultural bilingüe. Busca preservar su lengua materna de los pueblos originarios y promover el español e inglés como segunda lengua.

El artículo 108 de la Constitución Política de Panamá de 1972 establece que el Estado desarrollará programas de educación y promoción para los grupos indígenas.

De acuerdo con la Ley Orgánica de Educación de 2004, la educación para las comunidades indígenas se fundamenta en el derecho de éstas de preservar, desarrollar y respetar su identidad y patrimonio cultural y se enmarca dentro de los principios y objetivos de la educación nacional. Se desarrolla conforme a las características, objetivos y metodología de la educación bilingüe intercultural (artículo 12).

El Decreto Ejecutivo 274 de 2007 crea la Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe, encargada de promover la EIB en todas las modalidades y niveles del sistema educativo y de garantizar una educación de calidad para los pueblos indígenas mediante un proceso de educación intercultural. De acuerdo con este Decreto, los pueblos indígenas representan el 10% de la población del país por lo que resulta importante desarrollar en las áreas indígenas una educación coherente con su realidad sociocultural, lingüística e histórica.

La Ley no. 88 de 22 de noviembre de 2010 reconoce las lenguas y los alfabetos de los pueblos indígenas de Panamá y dicta normas para la Educación Intercultural Bilingüe. El Ministerio de Educación, en coordinación con otros organismos competentes, entidades educativas especializadas, y los Congresos o Consejos Generales Indígenas, velará y reglamentará el uso de las lenguas indígenas en todas las escuelas oficiales y particulares de las comarcas, áreas anexas y tierras colectivas.

En 2017 se aprobó una ley para la educación bilingüe en escuelas públicas.

Población en situación de pobreza

Según el Plan Estratégico Nacional con Visión de Estado: Panamá 2030, los problemas educativos en Panamá se centran en una gran desigualdad: “el 30% más pobre de los panameños(as) tiene aproximadamente nueve años menos de escolaridad si lo comparamos con los años que en este mismo renglón tiene el 10% más rico. Esta situación, se agrava mas aún cuando la educación que recibe ese 30% es de baja calidad.”

 

  1. Gobernanza

El Ministerio de Educación es el encargado de la elaboración de políticas educativas a nivel nacional. En cada región escolar funciona una unidad descentralizada del Ministerio de Educación denominada Dirección Regional de Educación responsable de planificar, dirigir y orientar el sistema educativo de la región escolar, de la construcción y mantenimiento de la infraestructura escolar, de la ejecución de políticas educativas y de elaborar y ejecutar junto con la Comunidad Ejecutiva Regional, el Plan Regional de Desarrollo Educativo. Existen 15 Direcciones Regionales de Educación.  

La Dirección Nacional de Educación Especial es la encargada de ofrecer una atención educativa de calidad a los estudiantes con NEE a fin de lograr el máximo desarrollo de sus potencialidades. La Dirección Nacional de Educación Especial coordina y orienta técnicamente la divulgación, capacitación y utilización del PEI a través de la Dirección General y todas las direcciones nacionales y regionales.

Se realizan numerosos esfuerzos para incluir a los estudiantes en situación de discapacidad en la educación. Por ejemplo, la Dirección de Inclusión e Integración Universitaria (DIIU) trabaja para lograr la admisión de estudiantes con discapacidad en las universidades.

En materia de género, el Instituto Nacional de la Mujer coordina el desarrollo y la implementación de políticas de género en Panamá.

La Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe coordina la implementación de la política intercultural bilingüe a nivel nacional. Tiene como objetivo garantizar el desarrollo de la EIB en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, para lograr que los pueblos culturalmente diferenciados desarrollen una educación de calidad, eliminando la exclusión y marginalidad mediante un proceso de educación intercultural (Artículo 2, Decreto Ejecutivo 274 de 2007). 

 

  1. Ambientes de aprendizaje

Infraestructura

El Programa Nacional de Mantenimiento de Infraestructura Escolar (PRONAMIE) 2017-2018 busca garantizar el mantenimiento de los centros educativos públicos a nivel nacional.

La Dirección Nacional de Educación Especial garantiza la adecuación y construcción de infraestructura pertinente , y la construcción de nuevas aulas de apoyo para garantizar la inclusión educativa de las personas con discapacidad.

Currículo

La Ley 42 de 27 de Agosto de 1999 establece que el Ministerio de Educación generará las condiciones que faciliten adecuaciones y/o adaptaciones curriculares, con la suficiente flexibilidad que permitan responder a las necesidades educativas en la diversidad.

El Decreto Ejecutivo No. 1 del 4 de Febrero de 2000 establece que a fin de garantizar el acceso y permanencia de los estudiantes con NEE dentro del subsistema regular se realizarán adecuaciones al currículo con el objetivo de garantizar los mismos logros de aprendizaje que el resto de los alumnos. Se entiende por adecuación curricular el proceso de ajuste y modificación en uno o más componentes del currículo, para dar respuesta a las diferencias individuales de la población escolar

El Resuelto No. 924 de 2006 estableció el Programa Educativo Individual (PEI) en todos los centros educativos públicos del país como herramienta para la instrumentalización de las adecuaciones curriculares, el monitoreo y evaluación de los logros de los estudiantes con NEE.

El Plan Nacional de Educación Inclusiva, 2006 promueve la flexibilidad curricular en la escuela inclusiva. Reconoce que las adecuaciones curriculares constituyen un elemento fundamental para superar las barreras en el aprendizaje en el aula.

TICs y Materiales de aprendizaje

Según el Plan Estratégico Nacional con Visión de Estado: Panamá 2030, gran parte de las acciones impulsadas en materia educativa en los últimos 12 años se orientaron hacia las tecnologías de la comunicación y la información.

 

  1. Docentes y personal educativo  

El Decreto Ejecutivo No. 1 del 4 de Febrero de 2000 establece que el docente de aula, en colaboración con el docente de educación especial, será responsables de la elaboración y aplicación de las adecuaciones curriculares, bajo la orientación y supervisión del Director o Subdirector del centro educativo (art. 13). Los servicios de apoyo para los alumnos con NEE se proporcionarán a través de equipos interdisciplinarios externos a la escuela y estarán constituidos, por psicólogos, trabajadores sociales, docentes regulares y especializados. El proceso de evaluación de los estudiantes con NEE es responsabilidad del equipo interdisciplinario con la participación del docente regular.

La Dirección Nacional de Educación Especial realiza capacitaciones para los docentes de Educación Especial y docentes regulares. En 2018, en coordinación con la Dirección Nacional de Perfeccionamiento se desarrollaron  diferentes talleres y cursos de capacitación para 985 docentes. La capacitación buscó proporcionar a los profesores una propuesta de atención educativa integral para los estudiantes con aptitudes sobresalientes y talentos específicos, capacitarlos en la identificación de las NEE y ofrecer a los docentes herramientas pedagógicas actualizadas para fortalecer las prácticas en el aula, entre otros.

El Compromiso Nacional por la Educación busca incrementar el número de docentes capacitados para la atención de niños con NEE e “implementar la exigencia que los docentes que atienden a niños con necesidades especiales cuenten con una formación científica y pedagógica en función de su idoneidad”

La Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe realiza programas de capacitación docente en EIB.

 

  1. Datos y monitoreo

No hay evidencia de un mecanismo de monitoreo de la educación inclusiva en el país.

Última modificación:

Vie, 19/06/2020 - 13:31

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