INCLUSIÓN

1. Definiciones

2. Sistema escolar

3. Leyes, políticas y programas

4. Gobernanza

5. Ambientes de aprendizaje

6. Docentes y personal educativo

7. Datos y monitoreo

 

  1. Definiciones

Educación Inclusiva

El título V de la Ley de Educación Nacional-LEN (2006) hace referencia a las políticas de promoción de la igualdad educativa las cuales están destinadas a “enfrentar situaciones de injusticia, marginación, estigmatización y otras formas de discriminación, derivadas de factores socioeconómicos, culturales, geográficos, étnicos, de género o de cualquier otra índole, que afecten el ejercicio pleno del derecho a la educación.”

Según la Resolución CFE 155 de 2011, la inclusión consiste en transformar los sistemas educativos y otros entornos de aprendizaje para responder a las diferentes necesidades de los alumnos. Las necesidades del alumnado son vistas como necesidades de la institución y las diferencias están dadas por los estilos, ritmos y/o motivaciones para el aprendizaje.

La Resolución 1664 de 2018 de la Provincia de Buenos Aires define la educación inclusiva como “un derecho de todas las personas que se despliega en la actualidad como un horizonte pedagógico que no queda reducida ni limitada únicamente a la educación de los estudiantes con discapacidad, sino que da cuenta del reconocimiento de las particularidades y necesidades de cada uno y de todos los alumnos.”

Educación Especial

Según el artículo 42 de la LEN, la Educación Especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. La Educación Especial se rige por el principio de inclusión educativa. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, garantizará la integración del alumnado con discapacidad en todos los niveles y modalidades según las posibilidades de cada persona.

Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA)

La Ley 2730 de 2016 para el Abordaje integral a interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA) define las DEA como las alteraciones de base neurobiológica, que afectan a los procesos cognitivos relacionados con el lenguaje, la lectura, la escritura y/o el cálculo matemático, con implicaciones significativas, leves, moderadas o graves en el ámbito escolar

 

  1. Sistema escolar

La Resolución del Consejo Federal de Educación 155 de 2011 propuso una reorganización de la educación especial en Argentina. Se busca que las escuelas especiales se conviertan en un espacio destinado específicamente a aquellos niños o niñas que, por la complejidad o especificidad de su problemática, requieran este espacio educativo específico. Todas las jurisdicciones y actores institucionales deberán profundizar una cultura inclusiva como eje transversal en los establecimientos educativos que de ellas dependan. Los alumnos y alumnas sin discapacidad que permanecen en las escuelas de educación especial y a los alumnos rotulados bajo la categoría de “discapacidad mental leve” permanecerán en espacios compartidos.

En el nivel inicial y en el nivel primario todos los niños y las niñas con discapacidad tienen derecho a ser inscritos en la Educación Inicial Común, al igual que el resto de la población  según lo establecido en la Resolución CFE 311 de 2016. En el nivel secundario las jurisdicciones garantizarán el funcionamiento de instituciones de Educación Especial bajo la denominación de escuelas de “Educación Integral para Adolescentes y Jóvenes con Discapacidad” para los casos en que se requiera el diseño de una trayectoria educativa que responda a las necesidades educativas de los estudiantes bajo los principios de la inclusión educativa.

Las escuelas de educación especial tienen proyectos pedagógicos de acuerdo a las particularidades de cada alumno o grupo escolar. En la Provincia de Buenos Aires existen escuelas de Educación Especial (escalafón C)  para niños con discapacidad intelectual, visual, motora, auditiva, múltiple y niños con severos trastornos de la personalidad entre otros. No obstante, con la aprobación de la Resolución 1664 de 2018, se busca avanzar hacia la educación inclusiva de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y jóvenes adultos con discapacidad en la Provincia de Buenos Aires en todos los niveles educativos.

El Informe de Argentina sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad publicado en 2011 señaló que se incorporaron 200 escuelas especiales al Programa Integral para la Igualdad Educativa (PIIE) el cual busca promover condiciones para la igualdad educativa. Aunque la ley ampara el derecho a una educación inclusiva, en el 2013 el Sistema Regional de Información Educativa de los Estudiantes con Discapacidad (SIRIED) de la Unesco realizó un relevamiento de la situación en Argentina, y concluyó que del total de 141.627 estudiantes con discapacidad matriculados, unos 61.552 estaban matriculados en escuelas regulares/comunes y que 80.075 lo estaban en escuelas especiales; es decir el 56% no estaba incluido en el sistema regular.

El avance en políticas públicas, las campañas de sensibilización de la comunidad, docentes y padres de familia, e instrumentos legales como la Resolución CFE 311 han permitido avanzar hacia la inclusión de las personas con discapacidad en el país. Cada vez es mayor el número de niños y niñas con discapacidad que se benefician de una educación inclusiva. Según datos del Ministerio de Educación, de 2003 a 2017, creció cuatro veces el número de niños y niñas con discapacidad cursando en escuelas de modalidad común. En ese lapso, se pasó de 21.704 a 90.345. Es decir que esa matrícula creció un 400% en 15 años.

 

  1. Leyes, políticas y programas

Según la Ley de Educación Nacional (2006), son fines de la política educativa nacional:

  1. Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad.
  2. Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo.
  3. Asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.

El Plan Estratégico Nacional 2016-2021 “Argentina Enseña y Aprende” del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación promueve una educación de calidad centrada en el aprendizaje para lograr un desarrollo integral en condiciones de igualdad y respeto por la diversidad. Prevé la organización de una agenda de trabajo conjunta entre las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) para avanzar hacia el desarrollo de una política pública educativa integral, inclusiva y de calidad que abarque a todos los niveles y modalidades del sistema educativo.

Discapacidad

Argentina ha desarrollado varias leyes para promover y garantizar los derechos de las personas con discapacidad, así como distintas normativas para garantizar su inclusión en la educación.

La Ley de Educación Nacional (2006) estableció que la educación especial debía regirse por el principio de la inclusión educativa y debería brindar atención a aquellas problemáticas específicas que no pueden ser abordadas por la educación común. Para lograr la inserción social de las personas con discapacidad la ley prevé medidas en el ámbito de la educación como la capacitación de docentes, la adaptación del currículo escolar y políticas de inserción laboral.

La Resolución del Consejo Federal de Educación 155 de 2011 regula la modalidad de Educación Especial y establece que estará dedicada únicamente a aquellos estudiantes que por la complejidad o especificidad de su problemática requieren de un espacio educativo específico. Por otro lado, la Resolución no. 311 de 2016 gobierna la promoción, acreditación, certificación y titulación de estudiantes con discapacidad. Esta resolución significó un gran avance hacia la inclusión de las personas con discapacidad al determinar que las escuelas deben identificar las barreras que el alumno encuentra para aprender y formular un Proyecto Pedagógico Individual para la Inclusión (PPI). La Dirección de Educación Especial creó las orientaciones para la elaboración de planes pedagógicos individuales para alumnos con discapacidad en proyectos de integración.

La Ley 27306 de 2016 determinó el abordaje integral a interdisciplinario de los niños y adultos que presentan Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA). Se establecen procedimientos de detención temprana del estudiantado con DEA y acciones para garantizar su derecho a la educación. Así mismo, la ley promueve la creación de un sistema de capacitación docente para la detención, prevención y adaptación curricular para la atención de estos alumnos y la realización de una serie de adaptaciones curriculares que contemplan el reconocimiento de la necesidad de facilitar los procesos de evaluación y aprendizaje a las singularidades de cada sujeto. 

El Ministerio de Educación promueve líneas de acción de educación inclusiva para el diseño, la implementación y el monitoreo de acciones que promuevan políticas para la inclusión educativa abordando la diversidad y la vulnerabilidad de los grupos poblacionales de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional de Educación y en la Ley de Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes.

A nivel federal, la Resolución 1664 de 2018, buscó avanzar hacia la educación inclusiva en todos los niveles educativos de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y jóvenes adultos con discapacidad en la Provincia de Buenos Aires.

Por último, Argentina cuenta con el Plan Nacional de Discapacidad (2017-2022) el cual busca en materia de educación asegurar y promover  la inclusión de las personas con discapacidad al sistema general de educación. Busca transformar los  sistemas educativos y otros entornos de aprendizaje, permitiendo que los docentes y estudiantes se sientan cómodos ante la diversidad y la perciban no como un problema, sino como un desafío y una oportunidad para enriquecer las formas de enseñar y aprender. Se promueve la accesibilidad Universal y Diseño para todos.

Género

El artículo 81 de la Ley de Educación Nacional (2006) establece que las autoridades jurisdiccionales deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el acceso y la permanencia en la escuela de las alumnas en estado de embarazo. Las escuelas deberán contar con salas de lactancia. La Ley de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes no. 26.061 de 2014 prohíbe la discriminación por estado de embarazo, maternidad o paternidad.

La Ley 26.150 de 2006 establece que todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. Se crea el Programa Nacional de Educación Sexual Integral. Entre sus objetivos están incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas orientadas a la formación permanente de las personas y procurar igualdad de trato y de oportunidades de hombres y mujeres. Se establecen las Jornadas Educar en Igualdad en todas las escuelas de la mayor parte de las jurisdicciones del país. En el marco de este programa se creó la Cartilla Educar en Igualdad.  40.000 ejemplares han sido distribuidos en todas las escuelas del país.

La Ley de Protección Integral a las Mujeres de 2009 buscó prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. En materia de educación otorga al Ministerio de Educación el desarrollo de políticas públicas y acciones prioritarias para promover la equidad de género en la educación. El Ministerio deberá articular en el marco del Consejo Federal de Educación la inclusión en los contenidos curriculares, materiales didácticos y libros de texto de la perspectiva de género, la no violencia y la igualdad entre los sexos. Se promueven medidas para incluir en los planes de formación docente la detección precoz de la violencia contra las mujeres y se promueven medidas para prever la escolarización de niños y adolescentes que se vean afectados por un cambio de residencia derivada de una situación de violencia.

El Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos (PIOD) de 2018 preparado por el Instituto Nacional de las Mujeres junto con el Ministerio de Salud y Desarrollo Social buscó hacer de la igualdad de género una verdadera política de Estado. El PIOD ofrece una hoja de ruta para la identificación, medición y evaluación de las políticas públicas necesarias para hacer realidad la igualdad sustantiva y una herramienta para la transversalización de las políticas de género en todo quehacer social.

Pueblos indígenas y grupos étnicos y lingüísticos

La Constitución Política de la Nación Argentina (1994) reconoce el derecho a una educación bilingüe e intercultural. La Ley Superior de Educación de 1995 establece que el Estado Nacional es responsable de promover políticas de inclusión educativa que reconozcan igualitariamente las diferentes identidades de género y de los procesos multiculturales e interculturales. Según datos del Censo de Población del 2010 la población indígena en Argentina asciende al 2,4% del total de la población. La población afrodescendiente corresponde al 0,4% de la población. 

El artículo 52 de la Ley de Educación Nacional (2006) establece que la Educación Intercultural Bilingüe (EIB) es la modalidad del sistema educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria que garantiza el derecho constitucional de los pueblos indígenas a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica; a desempeñarse activamente en un mundo multicultural y a mejorar su calidad de vida. El artículo 53 establece disposiciones legales para favorecer el desarrollo de la EIB.  

El desarrollo de los programas de Educación Intercultural Bilingüe comenzó en 2004 cuando se diseñaron programas que buscaron revitalizar el conocimiento y la lengua indígena. Estos programas se implementaron en las provincias donde las comunidades aborígenes son numerosas (al norte del país) y en particular en el nivel inicial y primario en escuelas estatales y en menor medida en el nivel secundario. 

Zonas rurales y remotas

Según la LEN, la Educación Rural es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a través de formas adecuadas a las necesidades y particularidades de la población que habita en zonas rurales; a permitir el desarrollo de modelos de organización escolar adecuados a cada contexto, tales como agrupamientos de instituciones, salas plurigrados y grupos multiedad, instituciones que abarquen varios niveles en una misma unidad educativa, escuelas de alternancia, escuelas itinerantes u otras, que garanticen el cumplimiento de la obligatoriedad escolar y la continuidad de los estudios en los diferentes ciclos, niveles y modalidades del sistema educativo, atendiendo asimismo las necesidades educativas de la población rural migrante. El PROMER es el principal programa para el mejoramiento de la educación rural en Argentina.

Pobreza

El artículo 80 de la Ley de Educación Nacional (2006) establece que se deberá garantizar la inclusión de los alumnos que se encuentren en una situación socioeconómica desfavorable. El programa de Asignación Universal por Hijo da una asignación mensual por hijo de alrededor de $3000 pesos al mes. La asignación es casi cuatro veces mayor para las familias que tienen un hijo o hija con discapacidad.

El Programa Nacional de Becas Universitarias (PNBU) del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación está dirigido a promover la igualdad de oportunidades en el ámbito de la educación superior, a través de la implementación de un sistema de becas que faciliten el acceso y/o la permanencia de alumnos de escasos recursos económicos y buen desempeño académico en los estudios de grado en Universidades Nacionales o Institutos Universitarios. Existe un subprograma para personas con discapacidad que otorga acceso a las becas del PNBU a los estudiantes con discapacidad. 

Educación en contextos de privación de libertad

La LEN reconoce el  derecho a la educación a todas las personas privadas de libertad. El Estado deberá favorecer el acceso y permanencia en la Educación Superior; disponer de un sistema gratuito de educación a distancia; brindar información permanente sobre las ofertas educativas existentes y contribuir a la inclusión social de las personas privadas de libertad a través del acceso al sistema educativo y a la vida cultural.

 

  1. Gobernanza

El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son los responsables de la planificación, organización, supervisión y financiación del Sistema Educativo Nacional. El organismo de concertación de la política educativa nacional es el Consejo Federal de Educación de acuerdo con lo previsto en la Ley de Educación Nacional (2006).

A nivel local, la Ley de Educación Provincial (2007) es la encargada de regular el ejercicio de la enseñanza y del aprendizaje en la provincia de Buenos Aires. El artículo 25 determina que la provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad principal de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social en el ejercicio de este derecho, con la participación del conjunto de la comunidad educativa. Se asegurarán condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas sin admitir discriminación de ningún tipo.

Los Ministerios de Educación Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junto al Ministerio Nacional a través de la Coordinación Nacional de Educación Especial se comprometieron de manera progresiva a garantizar el acceso a la educación de la niñez con discapacidad que aún no asisten al sistema educativo y a generar mecanismos de articulación con otros ministerios y organismos del Estado que atienden a personas con discapacidades, temporales o permanentes (Resolución CFE 155 de 2011). Cada jurisdicción debe contar con un coordinador de educación especial y un equipo técnico abocado a tal fin.

En la Secretaría de Gestión Educativa se encuentra la Dirección de Educación Especial la cual está encargada de la elaboración de planes pedagógicos individuales para alumnos con discapacidad en proyectos de integración. 

La Coordinación de Educación Inclusiva integrada por diferentes programas y líneas de trabajo transversales al sistema educativo tiene como objetivo ​intervenir en el diseño, la implementación y el monitoreo de acciones que promuevan políticas para la inclusión educativa abordando la diversidad y la vulnerabilidad de los grupos poblacionales de acuerdo a lo establecido en la LEN.

Para los Estudiantes con Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA), el Consejo Federal de Educación tiene la función de establecer un sistema federal de coordinación interjurisdiccional, para la implementación de políticas activas con el fin de hacer efectivo el derecho a la educación de niños, niñas, adolescentes y adultos que presentan Dislexia y DEA (ley 2730 de 2016). Junto con el Consejo Federal de Salud se establecen procedimientos de detección temprana de DEA y se implementan políticas integrales e interdisciplinarias para la atención de estos estudiantes.

Cabe también destacar el funcionamiento del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), concebido como organismo consultivo y de asesoramiento con dependencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Recibe denuncias sobre discriminación y brinda asistencia a las personas discriminadas.

Existen actores no institucionales relevantes a nivel nacional como el Grupo Artículo 24, una coalición de mas de 150 organizaciones en todo el país que propone garantizar el derecho a la educación para todas las personas con discapacidad. Son miembros de la Red Regional por la Educación Inclusiva (RREI)

 

  1. Ambientes de aprendizaje

Infraestructura y servicios

La Ley de Educación Nacional (2006) dispone medidas para asegurar la cobertura de los servicios educativos especiales y garantizar la accesibilidad física a todos los edificios escolares. 

La Resolución CFE 155/11 promueve el diseño de ámbitos educativos accesibles en su infraestructura, materiales  y comunicación con las participación de las personas con discapacidad y de las organizaciones de la sociedad civil.

Currículo

La  Resolución CFE 155/11 establece que en aquellos casos en que la complejidad de la problemática del alumnado con discapacidad requiera que su trayectoria escolar se desarrolle en el ámbito de la escuela especial, se diversificará el currículum para acceder a los contenidos escolares, con los apoyos personales y las configuraciones de apoyo necesarias.

La Ley 2730 de 2016 establece las siguientes medidas de adaptación curricular para los estudiantes con DEA:

  1. Dar prioridad a la oralidad, tanto en la enseñanza de contenidos como en las evaluaciones;
  2. Otorgar mayor cantidad de tiempo para la realización de tareas y/o evaluaciones;
  3. Reconocer la necesidad de ajustar los procesos de evaluación a las singularidades de cada sujeto

En materia de género, los lineamientos curriculares de la Educación Sexual Integral proponen un abordaje institucional sistemático sobre el tema, que se integra a los contenidos y actividades de desarrollo curricular.

En cuanto a la EIB, la Ley de Educación Nacional (2006) establece que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, definirá contenidos curriculares comunes que promuevan el respeto por la multiculturalidad y el conocimiento de las culturas originarias en todas las escuelas del país, permitiendo a los/as alumnos/as valorar y comprender la diversidad cultural como atributo positivo de nuestra sociedad

Materiales de aprendizaje y TICs

La Ley de Educación Nacional (2006) establece que se desarrollarán opciones educativas basadas en el  uso de las tecnologías de la información y de la comunicación y se realizarán actividades dirigidas a los jóvenes y adultos que están fuera del sistema educativo con el fin de incorporar mediante la aplicación de nuevos procesos educativos, a sectores sociales excluidos.

El Plan Nacional Integral de Educación Digital (PLANIED) buscó integrar la comunidad educativa en la cultura digital social, favoreciendo la innovación pedagógica, la calidad educativa y la inclusión socio-educativa. A partir de 2018, el programa Aprender Conectados reemplaza el programa Conectar Igualdad creado mediante el Decreto no. 459 de 2010. Este último, fue desarrollado en 2010 y tuvo como objetivo garantizar la inclusión educativa digital y social de todos los estudiantes, incluidos los alumnos con DEA, a través de políticas universales de capacitación y acceso al conocimiento que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos.

Para los alumnos con necesidades educativas especiales el Escritorio Modalidad Educación Especial provee materiales didácticos, juegos y recursos. La plataforma estatal EDUCAR cuenta con recursos (propuestas y orientaciones) para el docente sobre cómo generar actividades significativas para los trayectos de enseñanza y aprendizaje de niños y niñas con discapacidad motora:

 

  1. Docentes y personal educativo  

La Ley de Educación Nacional (2006) estableció que una de las finalidades de la formación docente era el compromiso con la igualdad. El Instituto Nacional de Formación Docente y sus pares jurisdiccionales propiciarán las medidas necesarias para consolidar instancias de formación básica y permanente para acompañar dicho proceso

El Plan Estratégico Nacional 2016-2021 “Argentina Enseña y Aprende” buscó “formar nuevos/as docentes con saberes y capacidades específicos para garantizar procesos de enseñanza que promuevan aprendizajes de calidad y la inclusión de los/as estudiantes”. El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología  junto con UNICEF Argentina, Organizaciones de la Sociedad Civil y referentes de Educación Inclusiva, produjo un material educativo con el objetivo de brindar recursos pedagógicos para la inclusión de los estudiantes con dificultades específicas del aprendizaje, discapacidad y altas capacidades.El material está dirigido a docentes, equipos escolares y directivos, así como a las familias y a la comunidad educativa.

Se realizan acciones conjuntas con el Instituto Nacional de Formación Docente (INFD) para la formación y desarrollo profesional docente con el fin de construir cultura escolar inclusiva.

En materia de género, el PIOD buscó garantizar que todas las escuelas del país cuenten con un equipo docente capacitado que funcione como referente de Educación Sexual Integral.

En el caso de la EIB, algunas provincias tienen la figura de auxiliar bilingüe indígena (u otros semejantes), pero este no habilita para estar a cargo de  una clase El título de profesor/a se puede obtener en Universidades públicas y privadas y en los Institutos de Formación Docente dependientes de los Ministerios de Educación de algunas provincias.

 

  1. Datos y monitoreo

No hay evidencia de un mecanismo para la recolección y el monitoreo de la educación inclusiva en Argentina.

Última modificación:

Mar, 26/04/2022 - 23:03

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