INCLUSIÓN

1. Definiciones

2. Sistema escolar

3. Leyes, políticas y programas

4. Gobernanza

5. Ambientes de aprendizaje

6. Docentes y personal educativo

7. Datos y monitoreo

 

  1. Definiciones

Educación Inclusiva

El Ministerio de Educación Nacional define la educación inclusiva como un proceso permanente que reconoce, valora y responde, de manera pertinente, a la diversidad de características, intereses, posibilidades y expectativas de los niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos. El concepto de educación inclusiva en Colombia trasciende el enfoque de población con discapacidad. 

Una definición de educación inclusiva se encuentra en el Decreto 1421 de 2017 por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención a la población con discapacidad. Define la educación inclusiva como “un proceso permanente que reconoce, valora y responde de manera pertinente a la diversidad de características, intereses, posibilidades y expectativas de los niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, cuyo objetivo es promover su desarrollo, aprendizaje y participación, con pares de su misma edad, en un ambiente de aprendizaje común, sin discriminación o exclusión alguna, y que garantiza, en el marco de los derechos humanos, los apoyos y los ajustes razonables requeridos en su proceso educativo, a través de prácticas, políticas y culturas que eliminan las barreras existentes en el entorno educativo.”

Necesidades Educativas Especiales (NEE) 

Colombia ha trascendido el abordaje del concepto de Necesidades Educativas Especiales. El Decreto 1421 de 2017, mediante el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad no hace referencia a las NEE.

 

  1. Sistema escolar

La educación inclusiva en Colombia se apoya en los principios de la interculturalidad, la integridad, la flexibilidad y la accesibilidad. Se promueve la inclusión de todos los estudiantes en el mismo aula. 

 De acuerdo con la Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, el servicio educativo comprende “el conjunto de normas jurídicas, los programas curriculares, la educación por niveles y grados, la educación no formal, la educación informal, los establecimientos educativos, las instituciones sociales (estatales o privadas) con funciones educativas, culturales y recreativas, los recursos humanos, tecnológicos, metodológicos, materiales, administrativos y financieros, articulados en procesos y estructuras para alcanzar los objetivos de la educación”

La Ley 1618 de 2013 por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de las personas con discapacidad, establece que el Ministerio de Educación diseñará los programas tendientes a asegurar la educación inicial inclusiva pertinente de los niños y niñas con discapacidad en las escuelas, según su diversidad. Se busca orientar y acompañar a los establecimientos educativos para la identificación de las barreras que impiden el acceso, permanencia y calidad del sistema educativo de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales de su entorno y promover los servicios de apoyo educativo necesarios para la inclusión en condiciones de igualdad de las personas con discapacidad como intérpretes, guías-intérpretes, modelos lingüísticos, personal de apoyo, personal en el aula y en la institución..

Se establece que los establecimientos educativos estatales y privados deberán identificar a los niños susceptibles de atención integral para garantizar su acceso y permanencia en el marco de la inclusión; identificar las barreras que impiden el acceso la permanencia y el derecho a una educación de calidad a las personas con NEE; realizar planes de mejoramiento institucional para la inclusión; implementar acciones de prevención para evitar la exclusión o discriminación de estudiantes con discapacidad en los establecimientos educativos, adaptar los currículos y asegurar que los exámenes y pruebas estén adaptadas a las personas con discapacidad.

El Decreto 1421 de 2017 promueve la educación inclusiva y la permanencia educativa para las personas con discapacidad. Contempla el desarrollo de un esquema de atención educativa mediante el cual el sector educativo garantiza el servicio a los estudiantes con discapacidad en todos los niveles de educación formal, considerando aspectos básicos para su acceso y permanencia en términos de currículo, planes de estudios, metodologías, evaluación y promoción entre otros. Se realizan Planes Individuales de Ajustes Razonables para garantizar los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes.

Para lograr sistemas educativos inclusivos y equitativos que trasciendan el enfoque de discapacidad, el Ministerio de Educación Nacional contempla la transformación de tres dimensiones esenciales: prácticas, políticas y culturas inclusivas. Así mismo busca:

  1. Eliminar todas las formas de discriminación, relacionadas con los obstáculos que limitan la participación de grupos históricamente excluidos o con características que los exponen a situaciones de riesgo.
  2. El respeto y el reconocimiento de la diversidad cultural y lingüística como una oportunidad y ventaja que requiere de políticas consensuadas y articuladas entre las familias, las comunidades y el sector educativo.
  3. El desarrollo de un currículo que respete la identidad y las características de las diferentes poblaciones y comunidades.

Cabe resaltar que desde la Ley 115 de 1994 y el Plan Decenal de Educación se promueve un sistema escolar inclusivo que trasciende el enfoque de población con discapacidad. 

  1. Leyes, políticas y programas

La  Constitución Política de 1991 establece en el artículo 13 que “todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.” El artículo 67 reconoce el derecho a la educación. Se establece que la educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin prejuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.  

La Ley General de Educación de 1994 rige el sistema educativo colombiano. Establece en el Título III las modalidades de atención educativa a poblaciones entre las cuales se encuentran; la educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales, la educación para adultos, la educación para grupos étnicos, la educación campesina y rural y la educación para la rehabilitación social.

La Ley 1098 de 2006 expidió el Código de la Infancia y la Adolescencia.

La Ley Estatuaria 1806 de 2016 regula el plebiscito para la refrendación del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. La Ley 1804 de 2016 establece la política de Estado para el Desarrollo de la Primera Infancia de Cero a Siempre.  

El Plan Decenal de Educación 2006-2016 buscó asignar recursos para garantizar el acceso y la permanencia en la educación desde la primera infancia hasta el nivel superior de los grupos más vulnerables; estudiantes con NEE, comunidades indígenas, afrocolombianos, raizales, Rrom, la población urbana marginal, rural dispersa y madres cabeza de familia. 

El Plan Nacional Decenal de Educación 2016-2026 elaborado con la participación de mas de un millón de ciudadanos busca materializar el derecho a la educación para todos los colombianos. Entre los lineamientos estratégicos está la inclusión de personas con discapacidad, el desarrollo de modalidades propias y pertinentes para grupos étnicos, el reconocimiento de la diversidad y la restitución de derechos para niños, jóvenes y adultos en condición de vulneración, evitando cualquier forma de exclusión.

La Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad” constituye una perspectiva de país construida de manera participativa, que recoge las aspiraciones de las regiones y está alineada con los Objetivos Desarrollo Sostenible a 2030. En materia educativa se promueve una educación de calidad para un futuro con oportunidades para todos. En la educación básica, se buscará mejorar la calidad de los aprendizajes y asegurar el tránsito de la primaria a la secundaria, desde un enfoque de educación inclusiva. En la educación media se proponen acciones orientadas al incremento del acceso y al favorecimiento de la calidad. En la educación superior, se busca avanzar en brindar mas oportunidades de acceso a una educación de calidad, con un énfasis en las poblaciones vulnerables, contribuyendo al logro de la equidad y la movilidad social.

El objetivo 2 del Plan Nacional de Desarrollo busca brindar una educación de calidad y fomentar la permanencia en la educación inicial, preescolar, básica y media. Se establece que “la educación como derecho implica el reconocimiento de la diversidad, entendida como las distintas condiciones y situaciones individuales, dentro de un ambiente que concibe la diferencia como un valor y la escuela como un elemento transformador para la erradicación de prácticas discriminatorias, a fin de construir una sociedad tolerante, justa y equitativa”. La educación inclusiva “presupone un marco amplio, que elimina las barreras para el aprendizaje y promueve la participación en la escuela, de tal manera que se asegure una educación equitativa que reconoce y aborda los diferentes ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje, así como las características contextuales de todos y cada uno de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.”

El Ministerio de Educación desarrolló en 2013 los Lineamientos Política de Educación Superior Inclusiva. Se planteó la necesidad de reducir las brechas existentes entre las poblaciones, regiones e instituciones en la educación superior a través de la participación, diversidad, interculturalidad, equidad y calidad.

La política se centra en 5 grupos que históricamente han sido excluidos de la educación superior:

  1. Personas en situación de discapacidad y con capacidades y/o talentos excepcionales
  2. Grupos étnicos: negros, afrocolombianos, raizales, palenqueros, indígenas y Rrom
  3. Población víctima del conflicto armado interno
  4. Población armada en proceso de reintegración
  5. Población habitante en la frontera.

Fue acompañada del desarrollo de un Enfoque e identidades de género para los Lineamientos Política de Educación Superior Inclusiva con el objetivo de ampliar el ingreso de mujeres a todos los niveles de la educación superior y promover la financiación y apoyo económico a niñas y personas LGBTI.

Actualmente , el Ministerio de Educación está trabajando en la consolidación de un documento de Lineamientos de Política de Inclusión y Equidad en la Educación que permita dar orientaciones a las secretarías de educación, establecimientos educativos, familias y comunidad en general para la incorporación e implementación de acciones que tengan en cuenta los principios y enfoques propuestos para el desarrollo de planes de gobierno, proyectos educativos, programas y estrategias con un sentido amplio de lo que significa educación de calidad, a lo largo de la vida para todos

Discapacidad

De acuerdo con la Constitución Política de 1991, “la erradicación del analfabetismo y la educación de las personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado”.

El Decreto 366 de 2009 reglamentó la organización del servicio pedagógico para las personas con discapacidad y con capacidades o talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. Se organiza la prestación del servicio educativo de acuerdo al tipo de discapacidad.

La Ley 1346 de 2009 aprueba la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad.

La Ley 1618 de 2013 estableció disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de las personas con discapacidad. La ley determina que el Ministerio de Educación definirá la política y reglamentará el esquema de atención para la población con NEE. Se implementan estrategias para el acceso y la permanencia educativa con calidad para las personas con discapacidad, en el marco de la inclusión, tanto para las personas en edad escolar, como para los adultos.

Finalmente, el Decreto 1421 de 2017 reglamentó en el marco de los principios de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad a nivel nacional y regional. Se crean los Planes Individuales de Apoyos y Ajustes Razonables (PIAR) para garantizar la pertinencia del proceso de enseñanza y aprendizaje del estudiante con discapacidad dentro del aula, respetando sus estilos y ritmos de aprendizaje y se establecen créditos educativos para personas con discapacidad. La aprobación del Decreto 1421 significó un gran avance hacia la inclusión educativa de las personas con discapacidad pues determinó que todos los colombianos con limitaciones físicas, mentales, sensoriales o múltiple podían estudiar en los mismos centros educativos que el resto de la población con garantías especiales para su aprendizaje. 

El Plan Nacional de Desarrollo propone realizar procesos de formación docente y un trabajo articulado con las secretarías de educación para la construcción de planes para la implementación progresiva del Decreto 1421 de 2017. Prevé la creación de dotaciones y apoyos para la atención de estudiantes con discapacidad, en concordancia con lo establecido en el Pacto por la inclusión de personas con discapacidad.

Género

La Ley 1450 de 2011  por la cual se expidió el Plan de Desarrollo 2010-2014, propuso la adopción de una política pública nacional de Equidad de Género, teniendo en cuenta las particularidades que afectan a la población urbana y rural, afrocolombiana, indígena, campesina y Rrom. Se buscó desarrollar planes específicos que garanticen los derechos de las mujeres en situación de desplazamiento.

La Ley 1620 de 2013 crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

En el 2013 se presentó ante el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) una Política Pública Nacional de Equidad de género que propuso incorporar en el sector educativo un enfoque de género en los procesos institucionales. Propuso medidas para garantizar la equidad en la educación como acabar con la deserción asociada a los roles de género que hacen que las niñas se retiren de forma temprana del sistema escolar por motivos como el embarazo adolescente y el trabajo doméstico y la sensibilización del personal docente para avanzar con prácticas incluyentes en el aula de clase. También se creó una Comisión Intersectorial para su implementación.

El Decreto 762 de 2018 de la Presidencia de la República propuso la adopción de la Política Pública para la garantía del ejercicio efectivo de los derechos de las personas que hacen parte de los sectores sociales LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas.

Estudiantes de comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales

Según lo establecido en la  Constitución Política de 1991, los integrantes de grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural.

La Ley 70 de 1993 establece mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico.

Varios decretos regulan el acceso de la población negra, afrocolombiana, palenquera y raizal a la educación. El Decreto 0804 de 1995 reglamentó la atención educativa para grupos étnicos, resaltando criterios concertados para nombramiento de profesores en comunidades negras. El Decreto 1122 de 1998 expidió normas para el desarrollo de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos en todos los establecimientos de educación formal.  El Decreto 4181 de 2007 crea la comisión intersectorial para el avance de la población negra, afrocolombiana, palenquera y raizal, para hacer recomendaciones tendientes a eliminar las barreras que impiden su desarrollo social.

La Ley 1381 de 2010 dictó las normas sobre el reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.

El Plan Nacional de Desarrollo buscó fortalecer los modelos etnoeducativos, en concordancia con lo definido en la línea A “Equidad e inclusión social para grupos étnicos”, y se generar lineamientos relacionados con estrategias educativas flexibles para favorecer procesos de aprendizaje acordes con las necesidades de los niños, niñas y adolescentes en condiciones de vulnerabilidad, en especial los de contextos rurales y de grupos proclives a la exclusión social.

Existe un Fondo de Créditos Condenables del ICETEX para estudiantes afrocolombianos de bajos recursos económicos y buen desempeño académico. El fondo busca facilitar el acceso, la permanencia y la graduación de estudiantes afrocolombianos al sistema de educación superior incluyente. El Programa Especial para la Admisión de Bachilleres de Población Negra, Afrocolombiana, Palenquera y Raizal prevé la admisión de más de 200 afrocolombianos por semestre a la Universidad Nacional.

Estudiantes indígenas

Mediante la Ley 21 de 1991 Colombia aprobó el Convenio número 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes.

El Decreto 2406 de 2007 crea la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas CONTCEPI, que dentro de sus funciones tiene la formulación de directrices y criterios para la construcción y aplicación de políticas educativas en todos los niveles, tanto en el orden nacional como regional, para el fortalecimiento cultural de los pueblos indígenas.

El Decreto 1953 de 2013 estableció los principios generales para el funcionamiento de los territorios indígenas. Se fortalece la Educación Indígena Propia, un proceso de formación integral colectiva, cuya finalidad es el rescate y fortalecimiento de la identidad cultural, territorial y autónoma de los pueblos, representando sus valores, saberes y lenguas nativas. Así mismo, se consolida el Sistema de Educación Indígena Propio (SEIP) el cual busca impulsar y consolidar los procesos de educación propia de acuerdo a las particularidades de cada pueblo,  fortalecer la construcción de un estado multicultural y preservar y recuperar las lenguas indígenas.

Colombia garantiza el derecho a la educación como un derecho fundamental.  Reconoce las necesidades y contextos relacionados con usos, costumbres y creencias de la comunidad indígena y pueblos étnicos, que se concretan en proyectos educativos comunitarios- PEC así como lo establece la Corte Constitucional a través de la sentencia T-871 de 2013.

Con el Plan Nacional Decenal de Educación 2016-2026 se crea el programa “Educación con enfoque diferencial” para la atención educativa a grupos étnicos reconociendo su diversidad cultural y lingüística y promoviendo su inclusión en el sistema educativo.

Población en zonas rurales

El artículo 16 de la Ley 731 de 2002: Ley Mujeres Rurales buscó el fomento de la educación rural. Establece que el Gobierno Nacional y las entidades territoriales, promoverán un servicio de educación campesina y rural de carácter formal, no formal e informal, que de manera equitativa amplíe la formación técnica de los hombres y mujeres rurales.

El Plan Especial de Educación Rural (PEER) fue desarrollado en el marco del proceso de paz para “brindar atención integral a la primera infancia, garantizar la cobertura, la calidad y la pertinencia de la educación y erradicar el analfabetismo en las áreas rurales”.

En el Plan Nacional Decenal de Educación 2016-2026 se buscó fortalecer los procesos de aprendizaje y enseñanza en los contextos rurales.

Según el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, una de las principales formas de exclusión es el analfabetismo. En 2017 para la población mayor de 15 años este indicador se ubicó en un 3,4% en zonas urbanas y en un 12,1% en zonas rurales. Por otro lado, el promedio de años de escolaridad en zonas urbanas es de 9,7 mientras que en las zonas rurales alcanza apenas 6 años lo cual demuestra la necesidad de fortalecer el acceso a una educación de calidad en las zonas rurales. El objetivo 4 del plan busca mejorar el acceso y la calidad de la educación rural particularmente en las zonas más apartadas del país.

Población víctima del conflicto armado

La Ley 1448 de 2011 dicta medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. El artículo 1545 establece que “el Ministerio de Educación con el fin de garantizar una educación de calidad y pertinente para toda la población, en especial para poblaciones en condición de vulnerabilidad y afectadas por la violencia, fomentará desde un enfoque de derechos, diferencial, territorial y restitutivo, el desarrollo de programas y proyectos que promuevan la restitución y el ejercicio pleno de los derechos, desarrollen competencias ciudadanas y científico-sociales en los niños, niñas y adolescentes del país; y propendan a la reconciliación y la garantía de no repetición de hechos que atenten contra su integridad o violen sus derechos”. Así mismo, incluirá a las víctimas del conflicto armado dentro de las estrategias de atención a la población diversa y adelantará las gestiones para que sean incluidas dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX como el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación de la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia. El Decreto 4800 de 2011 estableció los mecanismos para la adecuada implementación de la Ley 1448.

Migrantes

En abril de 2018 el Ministerio de Educación publicó el Instructivo para la atención de niños, niñas y adolescentes procedentes de Venezuela en los establecimientos educativos colombianos. Propone la adopción de medidas para la garantía de derechos fundamentales y el acceso a servicios públicos como:

 

  • Registro al Sistema Integrado de Matrículas
  • Acceso a estrategias de permanencia: Programa de Alimentación Escolar
  • Convalidación de estudios
  • Validación de grados

En agosto de 2019 el Estado colombiano decidió conceder la ciudadanía colombiana a mas de 24 mil niños y niñas venezolanos. Se trata de una medida muy importante para garantizar la protección de sus derechos, incluido el derecho a la educación.

Estudiantes Rrom

El Decreto no. 2957 (2010) sobre la protección Integral de los Derechos del Grupo Étnico Rrom o Gitano hace referencia en el artículo 14 a la educación inclusiva.

 

  1. Gobernanza

De acuerdo con Decreto 1421 de 2017, el  Ministerio de Educación es el encargado de dar los lineamientos normativos, administrativos, pedagógicos y técnicos para la educación inclusiva en los diferentes niveles educativos.

El Decreto 5012 de 2009 por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se determinan las funciones de sus dependencias, destaca entre los objetivos del Ministerio de Educación el establecimiento de “políticas y los lineamientos para dotar al sector educativo de un servicio de calidad con acceso equitativo y con permanencia en el sistema”, así como “garantizar y promover, por parte del Estado, a través de políticas públicas, el derecho y el acceso a un sistema educativo público sostenible que asegure la calidad y la pertinencia en condiciones de inclusión, así como la permanencia en el mismo, tanto en la atención integral de calidad para la primera infancia como en todos los niveles: preescolar, básica, media y superior”. 

La Ley 715 de 2001 establece que las Entidades Territoriales Certificadas tienen la competencia de administrar el servicio educativo en su jurisdicción, garantizando su adecuada prestación en condiciones de cobertura, calidad y eficiencia. Lo anterior implica planificar, organizar, coordinar, distribuir recursos (humanos, técnicos, administrativos y financieros) y ejercer el control necesario para garantizar eficiencia, efectividad y transparencia en el servicio ofrecido (conforme al articulo 153 de la Ley 115 de 1994), mejorando la oferta educativa a los estudiantes actuales y ampliando la cobertura, de manera que se atienda al total de la población en edad escolar. Existen 96 Entidades Territoriales Certificadas en el país

El Plan Nacional Decenal de Educación 2016-2026 fue elaborado por el Ministerio de Educación en coordinación con las entidades territoriales y con la participación de la sociedad civil y el sector privado. La Comisión Gestora es un grupo de carácter técnico encargado de la redacción del PNDE. La Comisión de Apoyo Regional creada en 2016 cuenta con la participación de 95 secretarías de educación certificadas del país.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1421 de 2017, el Ministerio de Educación trabaja junto con el Instituto Nacional para Ciegos, el Instituto Nacional para Sordos, el ICFES Y el sector privado en la creación de programas para la educación inclusiva de personas con discapacidad. A nivel local las Secretarías Regionales de Educación son las encargadas de ejecutar la política de educación inclusiva para la población con discapacidad en la entidad territorial certificada. Las secretarías de educación, en articulación con el sector de salud y otras entidades del gobierno realizan campañas de identificación y matrícula de niños con discapacidad que se encuentran fuera del sistema educativo. Las entidades territoriales certificadas definen las estrategias de atención educativa territorial para estudiantes con discapacidad o capacidades excepcionales.

Por último, el Ministerio trabaja con el Departamento de Prosperidad Social (DPS) en temas de inclusión social y atención de grupos vulnerables.

 

  1. Ambientes de aprendizaje

La Norma Técnica Colombiana - NTC 4595 refiere que, en atención a la Ley General de Educación, los ambientes pedagógicos deberán responder a las características del Proyecto Educativo Institucional. Clasifica a los ambientes pedagógicos en básicos y complementarios. 

El Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 propuso que los espacios educativos se constituyan en ambientes adecuados para el aprendizaje que favorezcan las interacciones entre los distintos integrantes de la comunidad educativa.

Infraestructura y servicios 

 

Según el Decreto 1421 de 2017, las entidades territoriales deberán gestionar los ajustes a las condiciones de accesibilidad a la infraestructura física y tecnológica del establecimiento educativo, así como los recursos para su atención como servicios de alimentación y transporte escolar.

El Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 propone fortalecer las capacidades de las entidades territoriales para identificar y priorizar las necesidades en materia de infraestructura educativa. Se busca que los establecimientos educativos estatales cuenten con la capacidad instalada en condiciones de pertinencia, seguridad, comodidad y accesibilidad, que permita la implementación de las estrategias en torno al mejoramiento de la cobertura y calidad en la educación.

También busca fortalecer el Fondo de Financiamiento de Infraestructura Educativa (FFIE) mediante el diseño de mecanismos que permitan ampliar su campo de acción y facilitar la gestión de proyectos.

Currículo

Colombia ha trabajado en la creación de currículos flexibles que organizan su enseñanza desde la diversidad social, cultural y de estilos de aprendizaje de los estudiantes.

El Decreto 1421 de 2017, propuso el desarrollo de currículos accesibles para las personas con discapacidad. Se promueve el Diseño Universal de Aprendizaje y se establece que éste no excluirá las ayudas técnicas para las personas con discapacidad cuando lo necesiten. Los Lineamientos Política de Educación Superior Inclusiva (2013) propusieron la revisión en profundidad de los currículos para que respondan mejor a las necesidades de los estudiantes.

Se busca adecuar los currículos rurales a los contextos de los territorios y eliminar los currículos que reproducen visiones sexistas y heteronormativas. 

TICs y Materiales de aprendizaje

En el marco del Plan Nacional de Desarrollo se busca fomentar con el apoyo del Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación (MinTIC) la oferta de programas virtuales y a distancia, adecuados a las necesidades poblacionales y territoriales y con condiciones de igualdad.

Se busca avanzar en la accesibilidad de la oferta académica para personas con discapacidad a través de las TIC y programas académicos flexibles. El Modelo de Integración Curricular de las TIC (MITUC) propuso que las TIC se consoliden como herramientas mediadoras en el proceso de enseñanza a través de la incorporación de recursos educativos digitales.

Con el Plan Vive Digital 2014-2018 se buscó el fortalecimiento del sector educativo a través de las TIC. Para 2018 la meta era de 1 usuario por cada equipo lo cual implicó la entrega de cerca de 8 millones de terminales de cómputo.  Así mismo, se promovió el desarrollo de más de 400 aplicaciones educativas digitales para transformar las aulas con TIC.

El programa Computadores para Educar (CPE) promovió la dotación de tabletas y equipos a instituciones educativas privadas, bibliotecas y casas de cultura. Se busca cerrar la brecha digital en todas las regiones de Colombia.

La actual política educativa de educación superior, busca fomentar la investigación, monitoreo y evaluación a través de la financiación de programas y proyectos de investigación en articulación con Colciencias y con modelos de innovación educativa con el uso de las TIC.

 

  1. Docentes y personal educativo  

El Decreto 2105 de 2017, por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1075 de 2015 regula la jornada única escolar, los tipos de cargos del sistema especial de carrera docente y su forma de provisión, los concursos docentes y la actividad laboral docente en el servicio educativo de los niveles de preescolar, básica y media.  Contemplan el perfil de los docentes orientadores, quienes son los responsables de definir planes o proyectos pedagógicos tendientes a contribuir a la resolución de conflictos, garantizar el respeto de los derechos humanos, contribuir al libre desarrollo de la personalidad de los estudiantes, brindar apoyo a los estudiantes con problemas de aprendizaje, acompañar a los padres de familia, realizar seguimiento a los estudiantes que requieran una atención de orientación, y establecer contactos interinstitucionales que apunten al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional del establecimiento educativo.

Colombia considera a los docentes como actores centrales en el proceso de una educación superior inclusiva. El país busca desarrollar procesos de formación permanente sobre educación inclusiva y generar espacios de discusión y análisis. Para lograr una educación inclusiva se debe contar con profesores inclusivos que tienen la capacidad de desarrollar el proceso pedagógico valorando la diversidad de los estudiantes en términos de equidad y respeto por la interculturalidad.

El Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 respalda esta visión y considera a los docentes y directivos como los principales agentes de cambio y liderazgo en el logro de una mejor calidad educativa. El Ministerio de Educación promoverá la inclusión del enfoque diferencial, de género y territorial, en los planes territoriales de formación docente, con el objetivo de garantizar mayor pertinencia.

Discapacidad

El Decreto 366 de 2009 determinó que las entidades territoriales certificadas tenían la responsabilidad de desarrollar programas de formación de docentes y otros agentes educativos con el fin de promover la inclusión de las personas con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales en la educación formal y en la sociedad.  

El Decreto 1421 de 2017, reglamentó la formación permanente o en servicio de los docentes en los estudiantes que atienden estudiantes con discapacidad o con talentos excepcionales marco de la educación inclusiva. Se busca adelantar procesos de formación docente internos con enfoque de educación inclusiva y se establece que las ECT orientarán y apoyarán programas de formación permanente o en servicio de los docentes de los establecimientos educativos que atienden estudiantes con discapacidad o con capacidades excepcionales. Se establecen tres tipos docentes: docentes de aula, docentes líderes de apoyo y docentes de apoyo pedagógico.

Se cuenta con los docentes de apoyo pedagógico que tienen como función principal acompañar pedagógicamente a los docentes de aula que atienden estudiantes con discapacidad, para lo cual deberán: fortalecer los procesos de educación inclusiva a través del diseño, acompañamiento a la implementación y seguimiento a los Planes Individuales de Apoyos y Ajustes Razonables (PIAR) y su articulación con la planeación pedagógica y el Plan de Mejoramiento Institucional (PMI).

Estudiantes indígenas

Con el fin de garantizar el derecho a la educación indígena, el Ministerio de Educación a través de la fortalecer la circular 22 de 2020  brinda orientaciones para la elaboración del estudio de planta y administración de docentes y directivos docentes de los establecimientos educativos ubicados en territorio indígena o que atienden población mayoritariamente indígena, se establecen orientaciones sobre la organización de la planta de personal docente, las necesidades educativas de la población que se encuentran en los establecimientos educativos oficiales indígenas y las orientaciones relacionadas con la administración de los etnoeducadores indígenas en los establecimientos educativos oficiales indígenas, en relación con el nombramiento en propiedad de etnoeducadores y nombramientos provisionales.

Educación rural

El Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 busca dignificar la profesión docente, con procesos de formación pertinente, con el fin de otorgar herramientas pedagógicas para enfrentar la nueva ruralidad.

 

  1. Datos y monitoreo

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE, es la entidad responsable de la planeación, levantamiento,  procesamiento, análisis y difusión de las estadísticas oficiales de Colombia. El Departamento Nacional de Planeación, coordina, articula y apoya la planificación de corto, mediano y largo plazo del país, y orienta el ciclo de las políticas públicas y la priorización de los recursos de inversión..

Colombia cuenta con el Índice de inclusión para la educación superior (INES), una herramienta que le permite a las instituciones de educación superior identificar las condiciones en que se encuentran con respecto a la atención a la diversidad. Los indicadores que conforman el INES están agrupados en 12 factores establecidos por el Consejo Nacional de Acreditación.   

La rendición de cuentas se hace a través del Informe de Gestión del Ministerio de Educación al Congreso de la República.  

Última modificación:

Lun, 25/01/2021 - 11:48

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