INCLUSIÓN

1. Definiciones

2. Sistema escolar

3. Leyes, políticas y programas

4. Gobernanza

5. Ambientes de aprendizaje

6. Docentes y personal educativo

7. Datos y monitoreo

 

  1. Definiciones

Educación Inclusiva

La Ley no 5136 de 2013 de Educación Inclusiva define la educación inclusiva como “el proceso sistémico de mejora e innovación educativa para promover la presencia, el rendimiento y la participación del alumnado en todas las instituciones del sistema educativo nacional donde son escolarizados, con particular atención a aquellos alumnos o alumnas más vulnerables a la exclusión, el fracaso escolar o la marginación, detectando y eliminando, para ello, las barreras que limitan dicho proceso”.

Necesidades Educativas Especiales (NEE)

La misma ley define al alumno con necesidades específicas de apoyo educativo como aquel que, “debido a necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad física, intelectual auditiva, visual y psicosocial, trastornos específicos de aprendizaje, altas capacidades intelectuales, incorporación tardía al sistema educativo, condiciones personales o de historia escolar, requiere de apoyos y/o ajustes para alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales.”

El artículo 58 de la Constitución Política 1992 hace referencia a los derechos de las personas excepcionales.

 

  1. Sistema escolar

De acuerdo con el Plan de acción educativa 2018-2023, el Sistema Educativo Nacional comprende la educación de régimen general, de régimen especial y otras modalidades de atención educativa. La educación formal se estructura en tres niveles; la educación inicial, la educación escolar básica y la educación media y la educación superior. El plan de acción propuso la creación de Centros de Apoyo a la Inclusión mediante la reconversión gradual de las escuelas especiales. En el 2014, existían cerca de 70 escuelas y centros educativos para personas con discapacidad en Paraguay. La erradicación de las escuelas especiales es una de las principales metas de la Dirección de Educación Inclusiva.

De acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2030, la tasa de analfabetismo en la población con discapacidad es del 43%. Muchos niños y niñas con discapacidades no acuden a la escuela ya sea porque los centros no están habilitados para su atención o porque sus padres prefieren mantenerlos en el hogar. Según el plan, se estima que solo el 36% de las personas con discapacidad entre los 6 y 18 años asisten a algún establecimiento educativo. La condición de discapacidad constituye un importante factor de exclusión del sistema educativo. Se estima que el 83% de la población no ha superado seis años de educación escolar básica y sólo el 2% ha alcanzado los estudios superiores.

La Ley Educación Inclusiva (2013) promueve la educación inclusiva de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativos. Decreta que las instituciones educativas de gestión oficial, privadas y privadas subvencionadas deberán asegurar el acceso a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo en los distintos niveles y modalidades de la institución y deberán crear un sistema de apoyos para facilitar su aprendizaje en la escuela regular.

Según los Lineamientos para un Sistema Educativo Inclusivo, entre octubre de 2016 y diciembre de 2018 se implementó un plan piloto en 8 escuelas públicas y privadas y en 4 centros de apoyo a la inclusión. El programa apoyó a más de 2.000 niños entre los cuales hay más de 100 niños con diferentes discapacidades, y capacitó a más de 200 docentes y técnicos en educación inclusiva.

En materia de educación para los pueblos indígenas, el Plan de acción educativa 2018-2023 propuso la Construcción de Centros Educativos Interculturales de formación integral para pueblos indígenas.

 

  1. Leyes, políticas y programas

La Constitución Política 1992 reconoce el derecho a la educación el artículo 73.  El artículo 46 establece que todos los habitantes de la Repúblicas son iguales en dignidad y derechos. No se admite la discriminación y se promueve la igualdad de derechos del hombre y la mujer.

Según la Ley General de Educación 1998 el Estado tiene la responsabilidad de asegurar a toda la población el acceso a la educación y crear las condiciones de una real igualdad de oportunidades. Son fines del sistema educativo la efectiva igualdad entre los sexos, el rechazo a todo tipo de discriminación, el respeto a todas las culturas, la igualdad de condiciones para el acceso y la formación en el dominio de las dos lenguas oficiales, el guaraní y el castellano. El Capítulo VI hace referencia a la Compensación de las Desigualdades en la Educación. Se instaura que “las autoridades educativas mediante programas de compensación atenderán de manera preferente a los grupos y regiones que enfrentan condiciones económicas, demográficas y sociales de desventaja. El Estado garantizará la integración de alumnos con condiciones educativas especiales. Estos programas permitirán la equiparación de oportunidades, ofreciendo diferentes alternativas y eliminando las barreras físicas y comunicacionales en los centros educativos públicos y privados, de la educación formal y no formal”.

La Ley no. 4088 de 2011 establece la gratuidad de la educación inicial y de la educación media.

La Ley no 5136 de 2013 de Educación Inclusiva tiene como objetivo establecer acciones y mecanismos tendientes a la creación e implementación de un modelo educativo inclusivo dentro del Sistema Educativo Regular. La ley busca hacer efectivo los principios de integralidad, equidad e inclusión de todos los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo y establecer procedimientos para la inclusión de estos alumnos en la educación regular. Así mismo, la ley establece que el Ministerio de Educación y Cultura garantizará a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo la igualdad de oportunidades, el reconocimiento de la discapacidad como componente de la diversidad humana, el acceso a todos los niveles y modalidades de educación, la no discriminación y la creación de servicios de apoyo en todas las instituciones educativas públicas y privadas subvencionadas. 

En 2015 se aprobó la Resolución 1 por la cual se reglamenta el régimen de faltas y sanciones por el incumplimiento de la ley de educación inclusiva.

El Plan de acción educativa 2018-2023: Transformemos la Educación del Ministerio de Educación y Ciencias se rige por los principios de participación comunitaria, eficacia, transparencia, calidad y la inclusión. La inclusión está “orientada a la diversidad, la no discriminación y a la igualdad de oportunidades educativas para todos a lo largo de toda la vida, de acuerdo a sus propias características”. El Plan de acción promueve la consolidación de ofertas flexibles para el aumento de la cobertura, retención y culminación oportuna de la educación media a través de programas como el Programa de Educación Media Abierta (EMA) con énfasis en estrategias de reincorporación para los estudiantes que por algún motivo abandonaron el sistema educativo. Así mismo, busco el mejoramiento de las condiciones de aprendizaje, la expansión de programas de alfabetización y el mejoramiento de las prácticas pedagógicas, entre otros.

Por otro lado, el Plan de acción resalta que los estudiantes de condición socioeconómica desfavorecida, de zonas rurales o de comunidades indígenas que asisten a instituciones oficiales y que no hablan castellano presentan bajos niveles de desempeño en pruebas nacionales e internacionales como PISA y enfrentan mayores obstáculos en el acceso a la educación.

El Plan Nacional de Educación 2024 del Ministerio de Educación y Cultura plantea que uno de los grandes desafíos es garantizar la inclusión y una educación de calidad para toda la población. Se plantea “la inclusión educativa como búsqueda de mayores niveles de equidad, reconociendo además la necesidad de su contextualización en las políticas de un espacio determinado política y socialmente”. Además de la inclusión educativa, el Plan Nacional de Educación 2024 promueve una política de formación docente y el multilingüismo y la interculturalidad.

Por último, el Plan Nacional de Desarrollo 2030 promueve  el desarrollo de programas con un enfoque en poblaciones en situación de situación de vulnerabilidad para erradicar la pobreza y de programas para el mejoramiento continua de la cobertura y la calidad de la educación en todos los niveles.

Personas con discapacidad

La Ley General de Educación 1998 establece en el Capítulo IV las disposiciones para la educación para personas con limitaciones o con capacidades excepcionales. Se establece en el artículo 80 que el Estado garantizará la formación básica de las personas con características educativas individuales significativamente diferentes de las de sus pares y de las personas con necesidades educativas especiales (superdotados, con dificultades de aprendizaje, con trastornos de conducta, con trastornos de lenguaje y otros). En la medida de lo posible la educación de esas personas se realizará en forma integrada dentro de las instituciones educativas comunes.

La Ley No. 1680 de 2001 aprueba el Código de la Niñez y Adolescencia. Establece en el artículo 22 que “el niño y el adolescente con discapacidad física, sensorial, intelectual o emocional, tienen derecho a recibir cuidados y atención adecuados, inmediatos y continuos, que contemplen estimulación temprana y tratamiento educativo especializado, tendiente a su rehabilitación e integración social y laboral, que le permitan valerse por sí mismos y participar de la vida de su comunidad en condiciones de dignidad e igualdad”. También instaura el Sistema Nacional de Protección y Promoción Integral de la Niñez y Adolescencia (SNPPI).

La Ley 2470 de 2004 establece la obligatoriedad de la incorporación de personas con discapacidad en las instituciones públicas. Cuatro años después, mediante la ley no. 3540 de 2008 se aprueba la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo.

En el marco de la Ley de Educación Inclusiva se promueve la realización de ajustes razonables o modificaciones y adaptaciones necesarias para garantizar a las personas con desventajas educativas como las personas con discapacidad, el goce y ejercicio en igualdad de condiciones con los demás, de los derechos y libertades fundamentales y la eliminación de las barreras para el aprendizaje y la participación.

Los Lineamientos para un Sistema Educativo Inclusivo desarrollados por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), la Fundación Saraki y USAID, buscan garantizar la implementación de la Ley de Educación Inclusiva. Definen el marco normativo y programático para la educación inclusiva y el marco referencial pedagógico para el sistema educativo inclusivo. Los lineamientos dan cuenta del Proyecto Educativo Institucional (PEI), una herramienta que sirve para la planificación, la implementación y la evaluación de la gestión escolar.

El Plan de Acción Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (2015) liderado por la SENADIS es el primer compendio de políticas públicas integrales para las personas con discapacidad en Paraguay.  

Género

La Ley General de Educación 1998 promueve la efectiva igualdad entre los sexos y el rechazo a todo tipo de discriminación.

La Ley no. 5777 de 2016 por la cual se reglamenta la Protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia elaborada por el Ministerio de la Mujer establece en su artículo 7 que el Ministerio de Educación y Ciencias deberá establecer mecanismos de participación de las mujeres en el diseño de los materiales educativos del sistema educativo nacional; promover que los espacios de decisión convocados por el Ministerio de Educación y Ciencias se realicen en participación paritaria de hombres y mujeres; incluir planes de formación en prevención de la violencia hacia mujeres y niños y en igualdad de género teniendo en cuenta las particularidades étnicas y culturales de las mujeres y coordinar la incorporación del enfoque de igualdad entre hombres y mujeres, la no discriminación y la no violencia en los criterios para evaluar carreras de grado, programas de pregrado e instituciones de educación superior.

El Plan de Nacional de Igualdad de oportunidades entre Hombres y Mujeres 2008-2017 buscó asegurar el acceso pleno y la permanencia equitativa de mujeres y hombres en el sistema educativo formal y no formal, así como lo promoción y la incorporación de la equidad de género en la práctica pedagógica del aprendizaje.

Población indígena y grupos étnicos y lingüísticos

El artículo 66 de la Constitución Política 1992 establece que el Estado respetará las particularidades culturales de los pueblos indígenas especialmente en lo relativo a la educación formal. El artículo 77 establece que la enseñanza en los comienzos del proceso escolar se realizará en la lengua oficial materna del educando. Se instruirá asimismo en el conocimiento y en el empleo de ambos idiomas oficiales de la República. En el caso de las minorías étnicas cuya lengua materna no sea el guaraní, se podrá elegir uno de los dos idiomas.

La República de Paraguay es un estado multicultural y plurilingüe. Existen dos lenguas oficiales en el país, el guaraní y el castellano. Según el  Plan de acción educativa 2018-2023, el 29,3% de la población mayor de 5 años solo habla castellano, mientras que el 37,6% el guaraní y el 30,7% ambas lenguas. La zona rural tiene la mayor proporción de hablantes de guaraní con 66,9%.

Paraguay promueve la educación multicultural y plurilingüe. Dos leyes regulan el acceso de la población indígena a la educación. Ley General de Educación 1998 decreta que la educación de los grupos étnicos tendrá como finalidad afianzar los procesos de identidad, e integración en la sociedad paraguaya. La Ley no. 3131 de 2007 reconoce y garantiza el respeto y el valor de la existencia de la educación indígena. Los miembros de los pueblos y las comunidades indígenas tienen garantizada una educación inicial, escolar básica y media acorde a sus derechos costumbres y tradiciones. La escolarización de los pueblos indígenas debe ser una articulación de los dos sistemas de enseñanzas: el sistema indígena y el sistema de la sociedad nacional, fortaleciendo los valores de cada cultura.

El Plan Educativo Plurilingüe desde los Pueblos Indígenas en Paraguay 2013-2018 entre el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) con el Grupo de Seguimiento a la Educación Indígena (GSEI), la Coordinadora Nacional de Pastoral Indígena (CONAPI) y UNICEF Paraguay busca mejorar la educación escolar de los pueblos indígenas en Paraguay estableciendo políticas lingüísticas, diseñando a implementando currículos que consideren contextos socioculturales y lingüísticos en todos los niveles y modalidades e implementando programas de formación decente, capacitación y especialización con enfoque de derechos intercultural y plurilingüe.

En el marco del Plan de acción educativa 2018-2023, se promueven programas de alfabetización formal y no formal para personas jóvenes y adultas con énfasis en los 8 pueblos indígenas con mayor índice de población analfabeta.

Según el  Plan Nacional de Desarrollo 2030, la educación formal constituye uno de los focos de inequidad de la población indígena y no indígena en Paraguay. La población indígena presenta un alto grado de analfabetismo. Se estima que el 37,6% de las personas indígenas de 15 años o más son analfabetas. Así mismo, se estima que 4 de cada 10 personas indígenas no ha concluido el segundo grado de primaria con un promedio de 3 años de estudio entre los 10 años y más, frente a los 7 años que registra la población nacional.

Estudiantes en zonas rurales 

La Ley General de Educación 1998 en lo relativo a la educación campesina y rural establece que “las autoridades educativas nacionales, departamentales y municipales proveerán un servicio de educación campesina y rural formal, no formal y refleja. Se buscará la educación del hombre campesino o rural, y la de su familia, ayudándole a su capacitación como agente activo del desarrollo nacional.”

La Ley no. 5.446 de 2015 aprueba la Políticas públicas para las mujeres rurales. Decreta que el Estado debe garantizar los servicios públicos de salud integral, incluyendo la sexual y reproductiva, así como la educación formal y no formal a mujeres en zonas rurales alejadas de las cabeceras departamentales

La rápida urbanización de la población, la dispersión poblacional de las zonas rurales, el bilingüismo y la diversidad étnica representan grandes desafíos para el sector educativo.

Personas en situación de pobreza

La Ley General de Educación 1998 establece que se facilitará el ingreso a las personas de escasos recursos en los establecimientos públicos gratuitos. En los lugares donde no existan establecimientos públicos gratuitos o sean insuficientes, el Estado financiará plazas de estudios en los centros privados a través de becas parciales o totales.

  1. Gobernanza

El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC)  es el encargado de la creación y ejecución de políticas educativas en materia de educación. Cuenta con la Dirección General de Educación Inclusiva como órgano responsable de desarrollar estrategias de igualdad e inclusión educativa que ayuden a superar la desigualdad y la discriminación al interior del sistema escolar.

El Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FONACIDE) ha contribuido con el financiamiento de políticas de calidad para garantizar la igualdad de oportunidades educativas para toda la población. Este fondo ha permitido el financiamiento de reparaciones y adecuaciones escolares, la dotación de textos a alumnos de educación media, la incorporación de las TIC en las instituciones educativas y la capacitación de docentes, entre otros.  

La Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), con rango ministerial y dependiente de la Presidencia de la República fue creada mediante la Ley 4720 de 2012. La SENADIS es la institución encargada de formular y ejecutar las políticas nacionales de discapacidad en acorde con las obligaciones derivadas de los tratados internacionales. La SENADIS busca garantizar la igualdad de las personas con discapacidad y fomentar su inclusión social. En 2013 se crea la Comisión Nacional por los Derechos de las personas con Discapacidad (CONADIS), a través del  Decreto no. 10514 de 2013 por el cual se reglamenta la Ley 4720 de 2012. La CONADIS está integrada por autoridades de 10 instituciones públicas, incluyendo a representantes de gobiernos departamentales y municipales, además de 7 organizaciones de la sociedad civil. Juega un rol central en la formulación de políticas para garantizar la igualdad de las personas con discapacidad.

La Ley de Educación Inclusiva (2013) buscó fortalecer a través de las Direcciones de Niveles, las Coordinaciones  Departamentales y Supervisiones Educativas con capacitaciones y provisión de materiales curriculares con el fin de facilitar la tarea de promover, apoyar y monitorear la ejecución de proyectos educativos inclusivos. De acuerdo con la ley, el modelo educativo depende de una estructura conformada por:

  • Ministerio de Educación y Cultura
  • Viceministerio de Educación para la Gestión Educativa
  • Viceministerio de Educación Superior
  • Dirección General de Educación Inclusiva
  • Dirección General de Educación Inicial y Escolar Básica
  • Dirección General de Educación Media
  • Dirección General de Bachiller Técnico y formación Profesional
  • Dirección General del Fortalecimiento del Proceso Educativo
  • Dirección General de Educación Permanente
  • Coordinación Departamental de Supervisión Educativa
  • Supervisión de Control y Apoyo Administrativo
  • Supervisión de Apoyo Técnico y Pedagógico
  • Equipos Técnicos constituidos en las Escuelas Centro

Otros actores no institucionales que juegan un papel clave en la promoción de la educación inclusiva en Paraguay son la Fundacion Saraki, la Fundación Paraguaya y Paraguay Educa.

Educación Indígena

La Dirección General de Educación Escolar Indígena (DGEEI) es la dependencia encargada de trabajar por una educación para los pueblos indígenas con pertinencia cultural, inclusiva, y participativa. Fue creada mediante la Ley 3231 de 2007 la cual establece una estructura dentro del Ministerio de Educación para delinear y ejecutar las políticas educativas de los pueblos indígenas a fin de garantizar su ingreso en la educación inicial, básica y medio garantizando al mismo tiempo sus derechos, costumbres y tradiciones.

En agosto de 2015 se conformó el Consejo Nacional de Educación Indígena, encargado de delinear las políticas educativas para los Pueblos Indígenas. El Consejo está conformado por 11 de los 20 pueblos originarios que existen en el país.

Existe una Secretaría de Políticas Lingüísticas promueve el uso equitativo de las lenguas oficiales el guaraní y el castellano.

Género

El Ministerio de la Mujer es la instancia gubernamental, rectora normativa y estratégica de las políticas de género. Impulsa planes de acción para promover la igualdad de oportunidades y la equidad entre mujeres y hombres.

 

  1. Ambientes de aprendizaje

Infraestructura

La Ley no. 4934 de 2013 promueve la accesibilidad al medio físico para las personas con discapacidad. La Ley de Educación Inclusiva (2013) promueve la eliminación de las barreras de aprendizaje y la participación para las personas con discapacidad como los obstáculos de índole arquitectónico.

El Manual de accesibilidad física en las escuelas fue publicado en el marco del convenio de cooperación institucional suscrito entre el Tribunal Superior de Justicia Electoral, la SENADIS, la Fundación Saraki y el MEC. Describe los principales aspectos que deben ser considerados para remodelar o construir una escuela o centro educativo accesible tomando en cuenta la Ley de Accesibilidad al Medio Físico y la Ley de Educación Inclusiva.

Por último, la DGEEI trabaja para que las condiciones de infraestructura de instituciones educativas, servicios básicos de agua, conectividad y equipamiento sean accesibles y apropiados.

El Plan de acción educativa 2018-2023 promovió el diseño y desarrollo de nuevos prototipos de infraestructura educativa y la adecuación y construcción de espacios educativos inclusivos, acordes al contexto geográfico, climático y sociocultural.

Currículo

El español es el idioma dominante en la educación, sin embargo, a partir de la Constitución de 1992 se han realizado esfuerzos para promover el uso del guaraní. La Secretaría de Políticas Lingüísticas trabaja para que Paraguay sea plenamente bilingüe.

La Ley de Educación Inclusiva (2013) propone adecuaciones curriculares que posibiliten el acceso y progreso del alumno con necesidades específicas de apoyo educativo. Se busca garantizar la flexibilidad curricular y la posibilidad de implementar ajustes razonables a la población con necesidades específicas de apoyo educativo.

La Ley Nº 3231 de 2007, decreta en el artículo 7 que las escuelas indígenas tendrán currículum elaborado de acuerdo con las especificidades étnicas y culturales de cada pueblo que les asegure programas de estudio que abarquen su historia, conocimientos y sistemas de valores.

El Plan Educativo Plurilingüe desde los Pueblos Indígenas en Paraguay 2013-2018 promueve la elaboración de diseños educativos curriculares por cada uno de los pueblos indígenas.

 Materiales de aprendizaje y TICs

La Ley no. 4758 de 2015 crea el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE) y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación. Se establece como prioridad la incorporación del fondo en programas de incorporación de TICs en el sistema educativo.

El Plan Nacional de Lectura contempla la provisión de libros de texto y bibliotecas escolares en todo el país.

El Plan de acción educativa 2018-2023 promovió la incorporación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en el Sistema Educativo Nacional. Se promueve la consolidación de un portal educativo con plataforma de aprendizajes en línea, la dotación de infraestructura tecnológica a los centros educativos y el desarrollo de programas formativos de TICs dirigidos a docentes, técnicos y directivos en los niveles central, departamental e institucional.

 

  1. Docentes y personal educativo  

La formación docente es una de las prioridades del Plan Nacional de Educación 2024 y del Plan de acción educativa 2018-2023. Éste último, promueve el desarrollo de programas de formación continua de docentes en servicio por niveles y modalidades educativas.

Según la Ley General de Educación 1998 el personal docente que trabaje en la educación para personas con limitaciones o con capacidades excepcionales deberá contar con una formación especializada (artículo 83).

La Ley de Educación Inclusiva (2013)  propuso la implementación de un plan de sensibilización y capacitación permanente y continua del docente en servicio. Buscó incorporar en los planes y programas de estudio de todas las carreras de formación docente, contenidos relacionados con la atención a la diversidad y las necesidades específicas de apoyo educativo. Decreta que el MEC tiene la responsabilidad de orientar, formar y/o capacitar a los profesionales y demás integrantes de la comunidad educativa para facilitar la inclusión.

El Plan Educativo Plurilingüe desde los Pueblos Indígenas en Paraguay 2013-2018 contempla el Diseño e implementación de Programas de Formación Docente, Capacitación y Especialización con enfoque de derechos, intercultural y plurilingüe, implementados por niveles y modalidades, y para cada uno de los Pueblos Indígenas.

La Ley Nº 3231 de 2007 promueve la formación docente y la creación de centros de formación, especialización y capacitación de docentes indígenas. La Resolución de la DGEEI no. 37151 de 2011 se refiere al nombramiento de docentes indígenas y no indígenas para las instituciones educativas indígenas.

  1. Datos y monitoreo

El Instituto Nacional de Evaluación Educativo (INEE) tiene a su cargo la implementación de un sistema de evaluación de la calidad de la educación.

El Registro Único de Estudiantes (RUE) es un mecanismo que permite identificar a cada estudiante y simplificar los procesos a lo largo de su vida dentro del sistema educativo nacional. Permite facilitar la postulación a programas de becas, facilitar la matriculación y el trámite de documentos durante toda la vida escolar, mejorar la distribución de centros educativos y saber cuántos estudiantes hay en cada institución, distrito y departamento.

El seguimiento y monitoreo del Plan de acción educativa 2018-2023: Transformemos la Educación se realiza a través del Sistema de Seguimiento y Monitoreo de Políticas Educativas.

Última modificación:

Lun, 05/07/2021 - 19:40

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