INCLUSIÓN

1. Definiciones

2. Sistema escolar

3. Leyes, polÌticas y programas

4. Gobernanza

5. Ambientes de aprendizaje

6. Docentes y personal educativo

7. Datos y monitoreo

 

  1. Definiciones

Educación Inclusiva

Según la Resolución Ministerial no. 069 de 2013 que aprueba el proceso de transformación de la educación alternativa y especial, la educación inclusiva «asume la diversidad como potencialidad y riqueza y supone cambios en la gestión institucional y educativa a fin de asegurar la pertinencia y oportunidad de los procesos educativos, no solo de las y los estudiantes con discapacidad sino de todas y todos los estudiantes; por lo tanto, es un cambio integral de las instituciones educativas y de su contexto desde una posición ética y política de transformación estructural».

La Ley General para Personas con Discapacidad de 2012 define la educación inclusiva como aquella que da “respuesta a la diversidad mediante adaptaciones físicas, curriculares y personas de apoyo buscando mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades para reducir la exclusión de la educación”.

Necesidades Educativas Especiales (NEE) 

No existe una definición de necesidades educativas especiales en la Ley General para Personas con Discapacidad de 2012 ni en la Resolución Ministerial no. 069 de 2013.

 

  1. Sistema escolar

De acuerdo con  ley de la educación “Avelino Siñani –Elizardo Pérez” de 2010, en Bolivia existen instituciones educativas fiscales, instituciones educativas privadas y de convenio. El Subsistema Educativo Plurinacional está compuesto por:

  • Subsistema de Educación Regular
  • Subsistema de Educación Alternativa y Especial.
  • Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional.

El Subsistema de Educación Alternativa y Especial busca “democratizar el acceso y permanencia a una educación adecuada en lo cultural y relevante en lo social para personas mayores a quince años que requieren iniciar o continuar sus estudios”. También busca desarrollar la formación integral y la conciencia crítica de los movimientos sociales e indígenas y organizaciones ciudadanas y garantizar que las personas con discapacidad cuenten con una educación oportuna, pertinente e integral, en igualdad de oportunidades y con equiparación de condiciones, a través del desarrollo de políticas, planes, programas y proyectos de educación inclusiva.

Según datos publicados por la Directora de Educación Especial en enero de 2020, en Bolivia existen 178 centros de educación especial fiscales y 35 privados. Los centros de educación especial de dependencia fiscal atienden a niños, niñas, adolescentes y personas adultas con discapacidad, dificultades de aprendizaje y talento extraordinario. El Ministerio de Educación aprobó la Resolución ministerial 0001 (2020)  que regulariza el Subsistema de educación alternativa y especial. La resolución buscó regularizar los centros privados de educación especial para incluirlos al sistema educativo y garantizar que brinden servicios en el marco de las normativas vigentes. La resolución establece en su artículo 10 que una vez el/la estudiante con discapacidad es matriculado en una Unidad Educativa Inclusiva, en cumplimiento a la matriculación simultánea el/la estudiante se inscribirá en un Centro de Educación Especial en el que se le asignará una o un Maestro de apoyo técnico pedagógico.

Desde la promulgación de la Ley General para las Personas con Discapacidad (2012) el Ministerio de Educación se comprometió a implementar de manera gradual y progresiva Centros Integrales Multisectoriales (CMIs) los cuales buscan garantizar el acceso y la permanencia y brindar una educación integral para las personas con discapacidad con el apoyo de los servicios de salud.

 

  1. Leyes, políticas y programas

La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia de 2009 decreta que la educación será “intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema educativo”. Incorporará los valores de equidad de género, la no diferencia de roles, la no violencia y la vigencia plena de los derechos humanos.

La Ley de la Educación “Avelino Siñani –Elizardo Pérez” de 2010, establece en su artículo 1 que toda persona tiene derecho a recibir una educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural sin discriminación. La educación sustenta los valores de igualdad, inclusión, equidad social y de género. Según el artículo 7 la educación “es inclusiva, asumiendo la diversidad de los grupos poblacionales y personas que habitan el país, ofrece una educación oportuna y pertinente a las necesidades, expectativas e intereses de todas y todos los habitantes del Estado Plurinacional”.

La Resolución ministerial 0001/2020 establece una serie de normas generales para la gestión educativa y escolar del subsistema de educación regular para garantizar la calidad educativa en el marco de la Ley de la Educación. El Ministerio de Educación aprobó dos resoluciones ministeriales adicionales, la primera establece normas generales para la gestión educativa del Subsistema de Educación Alternativa y Especial y la segunda establece normas generales para la gestión institucional del Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional.

El Plan sectorial de desarrollo integral de educación para el vivir bien 2016-2020 promueve una educación inclusiva, participativa, intra e intercultural y plurilingüe. Se centra la atención de las necesidades y expectativas de poblaciones y personas en condición de vulnerabilidad e históricamente excluidas por motivo de discapacidad o desventaja social. El Plan sectorial se enmarca en el contexto del Plan General de Desarrollo Económico y Social, conocido como la Agenda Patriótica 2025 que orienta el desarrollo del país para el periodo 2016-2025 bajo un Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo. Promueve el acceso universal a la educación en los niveles inicial escolarizado y secundario y la ampliación del acceso a la formación superior técnica y universitaria y a la educación alternativa y especial. Algunos de los resultados esperados para el 2020 incluyen una expansión en la atención educativa para los estudiantes con discapacidad, talento extraordinario y con dificultades de aprendizaje, mejores de infraestructura en las unidades educativas y la creación de nuevos institutos de lenguas y cultura para garantizar la incorporación de pueblos y naciones indígenas en el Sistema Educativo Plurinacional.

Discapacidad

Según la Constitución Política de 2009, las personas con discapacidad tienen derecho a una educación y salud integral gratuita. El artículo 85 establece que “el Estado promoverá y garantizará la educación permanente de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, o con talentos extraordinarios en el aprendizaje, bajo la misma estructura, principios y valores del sistema educativo, y establecerá una organización y desarrollo curricular especial.”

De acuerdo con la ley de la educación de 2010, son objetivos de la educación alternativa y especial:

  • Garantizar que las personas con discapacidad, cuenten con una educación oportuna, pertinente e integral, en igualdad de oportunidades y con equiparación de condiciones, a través del desarrollo de políticas, planes, programas y proyectos de educación inclusiva.
  • Desarrollar políticas, planes, programas y proyectos educativos de atención a las personas con talentos extraordinarios y personas con dificultades en el aprendizaje.
  • Promover una educación y cultura inclusiva hacia las personas con discapacidad, dificultades en el aprendizaje y talento extraordinario en el Sistema Educativo Plurinacional.

El Estado desarrollará políticas educativas que promuevan el acceso y la permanencia de personas con necesidades educativas asociadas a discapacidad en el sistema educativo. La atención de estos estudiantes se realiza en centros integrales multisectoriales, a través de programas de valoración, detección, asesoramiento y atención directa, desde la atención temprana y a lo largo de toda su vida (artículo 27).

El Decreto Supremo no. 1893 de 2012 reglamentó la Ley General para las Personas con Discapacidad.  En materia de educación establece que el Ministerio de Educación implementará Centros Integrales Multisectoriales (CMIs) para brindar una educación integral con el apoyo de los servicios de salud, social y psicológica, garantizando el acceso y permanencia de las personas con discapacidad en el Sistema Educativo Plurinacional. Así mismo el Ministerio otorgará de forma gratuita los Títulos Profesionales a los estudiantes con discapacidad, implementará estrategias específicas para la aplicación de instrumentos de evaluación adecuados al grado y tipo de discapacidad de los estudiantes que cursan en los Institutos Técnicos, Escuelas de Formación Superior, Universidades Privadas, Universidades de Régimen Especial y Universidades Indígenas y garantizará la formación de maestros inclusivos.

La  Resolución Ministerial no. 069 de 2013 buscó la transformación de la educación alternativa y especial. Se promueven transformaciones estructurales en el currículo, la gestión institucional y la formación de maestras y maestros.

La Resolución Ministerial 0001 de 2020 sobre el Subsistema de educación regular decreta una serie de normas generales que rigen la educación de niños con discapacidad, dificultades en el aprendizaje y talento extraordinario en el Subsistema de educación regular (artículos 9-12). Se decreta la doble matriculación de los estudiantes con discapacidad intelectual o múltiple en unidad educativa y centro de educación especial.

Una segunda resolución ministerial estableció normas generales para el subsistema de educación alternativa y especial. Se promueve la gratuidad de los servicios de educación alternativa y especial con el objetivo de fortalecer el acceso, permanencia y conclusión de la población en situación de exclusión. La educación para personas con discapacidad pondrá énfasis en:

  • Modalidad directa: atención educativa a través de currículos específicos
  • Modalidad indirecta: atención educativa a través de un conjunto de programas y servicios de apoyo planificados y sistematizados, a los procesos educativos inclusivos que se desarrollan en otros subsistemas y ámbitos del Sistema Educativo Plurinacional.
  • Programa de Educación Sociocomunitaria en Casa para Personas con Discapacidad: Genera condiciones para que las personas con discapacidad grave que no pueden asistir a las instituciones educativas puedan desarrollar procesos educativos en sus casas.

Planes y Estrategias

La Estrategia de la Educación Boliviana 2004-2015 elaborada en 2003 propuso orientar y profundizar los procesos de inclusión de alumnos con necesidades educativas especiales en el área formal y alternativa a través de la capacitación de maestros, el desarrollo de una propuesta curricular adecuada para estos alumnos y de incentivar el uso de nuevas tecnologías en educación especial. 

El Plan sectorial de desarrollo integral de educación para el vivir bien 2016-2020 buscó impulsar el proceso de transformación con un enfoque de educación inclusiva para el acceso y permanencia de los estudiantes con discapacidad.

Género

Conforme la ley de la educación “Avelino Siñani –Elizardo Pérez” de 2010, uno de los fines de la educación es la formación integral y equitativa de hombres y mujeres en función de sus particularidades, necesidades y expectativas. Promueve una sociedad despatriarcalizada, cimentada en la equidad de género, la no diferencia de roles y la no violencia.

La Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia (Ley 348 de 2013) prevé en su artículo 19 medidas en el ámbito educativo. De acuerdo con esta ley, el Ministerio de Educación tiene la obligación de incorporar estrategias y programas de prevención e intervención integral contra la violencia hacia las mujeres en las políticas públicas de educación. Se crearán en las unidades educativas un centro de atención psicológica en convenio con las universidades públicas o privadas para la atención de estudiantes que viven en familias en situación de violencia.

El Decreto Supremo no. 24864 de 1997 decreta la igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres en el ámbito de la educación. Buscó asegurar la participación de las mujeres en los procesos educativos, de producción y transmisión de conocimientos. El Decreto 1302 de 2012 establece mecanismos para la erradicación de la violencia, maltrato y abuso que atente contra la integridad física, psicológica y/o sexual de niñas, niños y adolescentes en el ámbito educativo.

El Plan Nacional para la igualdad de oportunidades (2008) incluye políticas orientadas a erradicar el analfabetismo femenino, incrementar las oportunidades de acceso y permanencia de niñas, mujeres adolescentes y jóvenes en el sistema de educación formal, incorporar la perspectiva de género en la revolución educativa y abrir oportunidades de formación, capacitación y profesionalización de las mujeres en todos los ámbitos.

La equidad de género es uno de los principios articuladores del Plan sectorial de desarrollo integral de educación para el vivir bien 2016-2020. Entre los desafíos hacia el año 2020 se encuentran cerrar brechas de género, generacionales, territoriales y culturales.

Según datos del Ministerio de Educación, entre el periodo 2006 y 2017 se alfabetizaron a más de un millón de personas, de las cuales el 74% son mujeres. La alfabetización en Bolivia contribuye a la igualdad de género y la erradicación de la extrema pobreza.

Pueblos indígenas y grupos étnicos y lingüísticos 

Según datos del censo 2012 publicados por el Instituto Nacional de Estadística existen en Bolivia más de 36 etnias indígenas y alrededor del 41% de la población se auto-identifica como indígena. La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia de 2009 y la Ley de la educación “Avelino Siñani –Elizardo Pérez” (2010), establecen que la educación es intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema educativo. No obstante, la Ley nº 450 de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en Situación de Alta Vulnerabilidad en Bolivia no tiene un fuerte componente educativo.

De acuerdo con el Capítulo III de la Ley de la Educación, en poblaciones o comunidades o monolingües y de predominio de la lengua originaria, la lengua originaria será la primera lengua y el castellano la segunda lengua. Mientras que en poblaciones o comunidades monolingües y de predominio del castellano, el castellano será la primera lengua y la originaria la segunda lengua.

El Estado Plurinacional promueve la Educación Bilingüe Intercultural (EBI). Existen las Universidades Indígenas, instituciones académico científicas de carácter público que desarrollan procesos de recuperación, fortalecimiento, creación y recreación de conocimientos, saberes e idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, desde el espacio académico científico, comunitario y productivo. Están autorizadas para emitir Diplomas Académicos. Los títulos profesionales son otorgados por el Ministerio de Educación.

Una de las estrategias del Plan sectorial de desarrollo integral de educación para el vivir bien 2016-2020 es el desarrollo de la educación intercultural e intracultural a través de la producción y sistematización de los conocimientos sobre las lenguas y culturas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. A pesar de promover la EIB en leyes y planes, ser mujer e indígena en Bolivia conlleva a un mayor riesgo de exclusión. Según el Banco Mundial, “una mujer indígena de zonas rurales tiene cinco veces menos posibilidades que un varón no indígena de zonas urbanas de finalizar la escuela secundaria”.

Personas en zonas rurales y remotas

Conforme a la Ley de la Educación, uno de los objetivos de la educación es la erradicación de las diferencias entre lo urbano y lo rural. Las escuelas de frontera son prioridad del Estado y recibirán atención en personal, infraestructura y equipamiento. A pesar de haber avanzado en el acceso universal a la educación primaria, los niños, niñas y adolescentes de las comunidades indígenas ubicadas en zonas remotas se enfrentan a barreras significativas para acceder a la educación secundaria. Los elevados costos de transporte y de los materiales de aprendizaje, así como la baja calidad de las escuelas rurales representan algunas de estas barreras.

Según el Plan sectorial de desarrollo integral de educación para el vivir bien 2016-2020, las brechas en asistencia escolar se hacen más notorias en el nivel secundario para los jóvenes que viven en zonas rurales.  Según el censo 2012, la tasa de asistencia escolar para jóvenes entre 12 y 19 años era de 83,8% en zonas urbanas y 75,1% en zonas rurales. Así mismo, el abandono escolar en el área rural es mayor que en la urbana. La Instalación de Telecentros Educativos Comunitarios (TECs) en comunidades educativas situadas en las áreas rurales y periurbanas es una de las iniciativas que busca reducir las brechas entre las zonas rurales y urbanas.

Personas pobres

La Constitución Política de 2009 determina en su artículo 82 que “el Estado apoyará con prioridad a los estudiantes con menos posibilidades económicas para que accedan a los diferentes niveles del sistema educativo, mediante recursos económicos, programas de alimentación, vestimenta, transporte, material escolares; y en áreas dispersad”

Personas en privación de libertad

Según el Plan sectorial de desarrollo integral de educación para el vivir bien 2016-2020, en el marco de las políticas públicas de atención a poblaciones en desventaja social, el Ministerio de Educación viene implementado desde la Unidad de Políticas Interculturales, Intraculturales y Plurilingüismo, el programa de “Centros de Apoyo Integral Pedagógico (CAIP)”, dirigido a niñas y niños que viven en centros penitenciarios. Este programa brinda una educación para niñas y niños en igualdad de oportunidades y de equiparación de condiciones, permite reducir las tasas de rezago y abandono escolar y prevenir o reducir el riesgo de réplica de conductas antisociales.

En febrero de 2020 el Ministerio de Educación inauguró por primera vez la gestión educativa en los centros penitenciarios.

 

  1. Gobernanza

El Ministerio de Educación cuenta con cuatro Viceministerios y 9 Direcciones Departamentales. Cada Dirección Departamental tiene una Subdirección de Educación Alternativa y Especial, de Formación Profesional, de Educación Regular y de Transparencia.

De acuerdo con la Resolución Ministerial 0001de 2020, las Direcciones Departamentales de Educación y las Subdirecciones de Educación Alternativa y Especial están a cargo de la prestación de servicios para las personas con discapacidad. Establece que una vez por año se realizará un mapeo de las instituciones que atienden o podrían atender a Estudiantes del ámbito de Educación Especia, “en directa coordinación entre la Subdirección de Educación Regular, Subdirección de Educación Alternativa y Especial y Direcciones Distritales Educativas, además con la participación de las Unidades Educativas y los Centros de Educación Especial,”.

La Unidad de Políticas de Interculturalidad y Plurilingüismo está encargada de la EIB y de promover los currículos regionalizados. 

 

  1. Ambientes de aprendizaje

Infraestructura y servicios 

La Ley General para Personas Con Discapacidad (2012), promovió la eliminación de barreras arquitectónicas de las instituciones educativas del Sistema Educativo Plurinacional.

Currículo

Con la Ley de la educación “Avelino Siñani –Elizardo se crea un nuevo Currículo de Base del Sistema Educativo Plurinacional. La  Resolución Ministerial no. 069 de 2013 aprobó los Documentos Curriculares que constituyen la base del proceso de transformación de la Educación Alternativa y Especial (artículo 4). Se promueven, entre otros, lineamientos curriculares y metodológicos de educación inclusiva en el ámbito de la educación especial.

La Resolución Ministerial 0001 de 2020 sobre educación alternativa y especial propone el desarrollo de currículos específicos, programas y servicios que involucren a los estudiantes con discapacidad, dificultades en el aprendizaje y talento extraordinario de manera que puedan alcanzar su desarrollo integral.

La Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia (Ley 348 de 2013) decreta la incorporación del enfoque de género en el currículo educativo en todos los niveles, incluidas las escuelas superiores de formación docente. El Decreto 1302 de 2012 establece el desarrollo de lineamientos curriculares con contenido de prevención de maltrato, violencia y abuso para el Sistema Educativo Plurinacional.

TICs y Materiales de aprendizaje

La Ley General para Personas Con Discapacidad (2012), establece que el Ministerio de Educación promoverá y orientará la producción y aplicación de materiales educativos y comunicacionales en el Sistema Educativo Plurinacional con enfoque inclusivo, destinados a estudiantes con discapacidad.

La Ley 348 de 2013 prohíbe los textos de estudios y materiales educativos con contenidos sexistas y mensajes violentos y discriminatorios hacia las mujeres y promueve la elaboración y difusión de material educativo con enfoque de equidad de género.

 

  1. Docentes y personal educativo  

La Ley de la educación “Avelino Siñani –Elizardo establece que la formación superior de maestros y maestras es Intracultural, intercultural y plurilingüe. La formación continua es un derecho y un deber de toda maestra y maestro.

La Ley General para Personas Con Discapacidad (2012), en su artículo 11 establece que el Ministerio de Educación garantizará la formación de maestras y maestros con enfoque de educación inclusiva prioritariamente en lenguaje alternativo, Lengua de Señas Boliviana, sistema braille y adaptaciones curriculares para la atención de estudiantes con discapacidad Así mismo, el Estado Plurinacional garantiza la formación de equipos multidisciplinarios para la atención e inclusión de las personas con discapacidad al sistema educativo plurinacional.

La  Resolución Ministerial no. 069 de 2013 promovió una transformación en la formación de maestros y maestras en la Educación alternativa y Especial a partir de procesos de formación complementaria, inicial y continua.

El Plan sectorial de desarrollo integral de educación para el vivir bien 2016-2020 recalcó la importancia de la formación de docentes en el Sistema Educativo Plurinacional. Hace referencia al Programa de Especialización y Actualización de Maestros de Secundaria (PEAMS) y al Programa de Profesionalización de Maestros Interinos (PPMI) cuya segunda fase estuvo dirigida a los maestros interinos de educación regular que trabajaban en unidades educativas de territorios indígena originario campesinos de difícil acceso y docentes de educación alternativa y especial.  

 

  1. Datos y monitoreo

Bolivia publica regularmente informes de gestión. El acta de audiencia final de rendición de cuentas (2018) está disponible en la página web del Ministerio de Educación.

El Sistema de Estadísticas e Indicadores Educativos publica regularmente información estadística e indicadores sectoriales a partir de bases de datos generadas por el Ministerio de Educación que a su vez administra el Registro Único de Estudiantes (RUDE) y el Registro de Unidades Educativas (RUE); y de la Unidad de Gestión de Personal del Sistema Educativo Plurinacional (UGEP/SEP), y de información generada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. No existen indicadores sobre educación inclusiva

Última modificación:

Lun, 16/08/2021 - 23:26

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