Tecnología
2. Leyes, políticas, planes y reglamentos sobre tecnología en la educación
2.1. Marco legislativo y político para la tecnología en la educación
2.3. Competencias tecnológicas de estudiantes y docentes
2.4. Ciberseguridad y protección
3.1. Instituciones responsables de la tecnología en la educación y mecanismos de coordinación
3.2. Funciones de los centros educativos
1. Terminología
El Marco de Competencias y estándares TIC para la profesión docente del 2011 utiliza y define las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Estas tecnologías agrupan los elementos y técnicas utilizados en el tratamiento y transmisión de la información, principalmente en informática, Internet y telecomunicaciones. Las TIC pueden considerarse como un concepto dinámico, ya que incorporan las tecnologías emergentes. En la actualidad, las TIC comprenden el conjunto de recursos necesarios para manipular la información, especialmente computadoras, programas informáticos y redes que permiten su conversión, almacenamiento, administración, transmisión y recuperación.
Los estándares de la profesión docente, Marco para la Buena Enseñanza, define la ciudadanía digital como «el conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes fundamentales para que niños, niñas, jóvenes y adultos se desenvuelvan en una sociedad democrática a través del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación, de manera responsable, informada, segura, ética, libre y participativa, ejerciendo y reconociendo sus derechos digitales y comprendiendo el impacto de estas en su vida personal y su entorno. La noción de ciudadanía digital implica una mirada integradora que abarque tanto la seguridad y riesgos asociados al mal uso o exposición a peligros del entorno virtual, como las oportunidades y potencialidades que ofrecen las TIC (tecnologías de la información y comunicación) para la formación de competencias ciudadanas que fortalezcan la democracia».
2. Leyes, políticas, planes y reglamentos sobre tecnología en la educación
2.1. Marco legislativo y político para la tecnología en la educación
Constitución y leyes: La Constitución Política menciona que corresponderá al Estado fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles; estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.
La Ley General de Educación del 2010 modificada en el 2022 establece como objetivos generales de la educación básica y media el desarrollo de conocimientos y habilidades en el uso reflexivo de las tecnologías de la información y la comunicación. Adicionalmente aclara que se incluye los medios tecnológicos dentro de la definición de acoso escolar.
La Ley de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, promulgada en el 2022, establece en el artículo 35, la responsabilidad del Estado, dentro del ámbito de sus competencias, de velar el cumplimento que los niños, niñas y adolescentes reciban una alfabetización crítica y responsable en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
Políticas, planes y estrategias: La política de las TIC en la educación en Chile inició en 1992 con la creación de Enlaces, un proyecto piloto destinado a probar un modelo de uso educativo de la tecnología en las escuelas primarias a raíz del programa de mejoramiento de la calidad y equidad de la educación (MECE) dentro del Ministerio de Educación. En 1995 el modelo comenzó a expandirse a las escuelas primarias y secundarias del resto del país. En 1999 el documento “Chile, hacia la Sociedad de la información” propone en materia de educación consolidad el programa Enlaces convirtiéndose en la política educativa nacional de incorporación de TIC en la educación chilena, el cual progresivamente incluiría desarrollo de contenidos vinculados al nuevo currículo de educación para desarrollar competencias digitales, infraestructura tecnológica, recursos educativos digitales y formación y apoyo a los profesores en todo el país. La década del 2000 incluyó el Programa de Tecnologías de Información y Comunicación Efectivas para la Educación, Agenda Digital 2004-2006, Agenda Digital 2007-2012, Agenda Digital 2013- 2020, Ruta Digital en la Educación (2007); sin embargo, el programa Enlaces lideró la agenda educativa digital en Chile por más de dos décadas.
A nivel nacional, diferentes políticas incluyen componentes de incorporación de la educación digital y tecnologías de la información y comunicación en el sistema escolar chileno. La Estrategia de Transformación digital Chile Digital 2035 (2022) se sustenta en dos pilares: Chile conectado sin brechas y Chile digitalizado. La Estrategia incluye el desarrollo de habilidades digitales para el aprovechamiento y adecuado uso de la tecnología, la inclusión de habilidades en la educación escolar y superior e impulsar el desarrollo de habilidades digitales básicas mediante la implementación de un plan de alfabetización a nivel nacional, con foco en ciertas poblaciones incluyendo las escuelas.
En el 2022 se presenta la política educativa Seamos Comunidad (2022) incluye cinco ejes fundamentales. Entre los ejes fundamentales incluye el Plan Nacional de Transformación Digital y Conectividad, el cual plantea como objetivo «impulsar la transformación digital, asegurando recursos tecnológicos, conectividad y desarrollo de las habilidades digitales de las comunidades educativas. Reforzar el uso pedagógico de las tecnologías de la información y la comunicación disponiendo recursos tecnológicos, conectividad y formación para el desarrollo de las capacidades de las comunidades educativas en la materia.»
El Plan Nacional de Lenguajes Digitales busca promover la enseñanza del pensamiento computacional y la programación en el sistema educativo para potenciar las habilidades de resolución de problemas e innovación en ambientes tecnológicos
El Plan de Aseguramiento de la Calidad de la Educación 2020-2023 menciona tres objetivos generales, que buscan entregar apoyo y orientación en el currículum priorizado y estándares; proveer recursos pedagógicos de calidad, tanto para la educación presencial como a distancia, y articular las instituciones del Sistema de Aseguramiento de la Calidad situando a los establecimientos educacionales como protagonistas de la política pública.
La Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento E Innovación (2020) incluye la vinculación con el sistema educación y busca promover competencias y habilidades tales como la curiosidad, la creatividad, el pensamiento analítico, el trabajo en equipo, la toma de decisiones informadas, la tolerancia al riesgo, entre otras. Fomenta el aporte de la CTCI a la educación de niños, niñas, y jóvenes y adultos en temas como robótica, inteligencia artificial, programación y muchos otros, transformándolos en protagonistas.
La Política Nacional de Inteligencia Artificial de Chile y el Plan de Acción (2021) plantea como objetivo 1.1.1 “Promover la formación de habilidades, conocimientos y aptitudes para el uso, desarrollo, comprensión y análisis de la IA en el sistema escolar, considerando las implicaciones positivas y negativas de la tecnología y fomentando la formación de usuarios y ciudadanos con pensamiento crítico y principios éticos.”
Marco de competencias digitales: Los Estándares de la Profesión Docente Marco para la Buena Enseñanza define ciertas competencias en el uso de la tecnología que los docentes deben cumplir.
Cambios a raíz de la COVID-19: A raíz de la suspensión de clases por la pandemia de COVID 19 se realizaron medidas para apoyar los aprendizajes remotos de niños, niñas y jóvenes entre las cuales a parte de los recursos digitales (plataforma educativa Aprendo en Línea) se sumó la oferta de televisión (TV Educa Chile) y radio, además de cuadernillos o guías de trabajo impresas.
2.2. Infraestructura tecnológica, capacidad tecnológica de los centros educativos y entornos de aprendizaje
2.2.1. Infraestructura y capacidad tecnológica de los centros educativos
Electricidad: El Programa de Energización Rural y Social incluye el objetivo de disminuir la brecha en educación y salud en las zonas rurales del país garantizando el acceso a la energía eléctrica de forma segura y continua con la meta de electrificar 100% de las escuelas rurales.
La Política Energética de Chile Energía 2050 busca la universalización eléctrica.
Ordenadores y dispositivos: El Plan Nacional de Transformación Digital y Conectividad (2022), en el marco de la política educativa Seamos Comunidad, propone fortalece el despliegue del programa BECAS TIC – JUNAEB, y proyecta la ampliación de la dotación de dispositivos tecnológicos en la comunidad. El programa Becas TIC tiene como objetivo acortar la brecha de acceso y uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y apoyar los procesos de aprendizaje de las y los estudiantes, a través de la entrega de un set de herramientas TIC para el estudio, que corresponden a un computador (notebook) o su equivalente con softwares, información o contenido digitalizado y conectividad a Internet. La asignación de los beneficios, se asignan según criterios de focalización, específicamente, de acuerdo a un indicador de vulnerabilidad. El Proyecto Kits Tecnológicos para la Educación Digital es una iniciativa que tiene como objetivo dotar de tecnología a ciertos grupos de escuelas que presentan necesidades particulares.
Iniciativas pasadas, en términos de acceso a ordenadores y dispositivos, incluyeron el programa Enlaces proporcionó computadoras a través de la implementación de laboratorios de computación en las escuelas y laboratorios de computación móviles. Sin embargo, se implementaron estrategias para entregar computadoras personales a los estudiantes mediante dos iniciativas – “Yo elijo mi PC” (2009) y “Me Conecto para Aprender” (2015) - con el fin de entregar una computadora portátil a cada estudiante de séptimo grado, los dos programas se fusionaron en el programa Becas TIC.
Conectividad a internet: El Plan Nacional de Transformación Digital y Conectividad (2022), en el marco de la política educativa Seamos Comunidad, propone implementar un plan de conectividad escolar, que mejora progresivamente el acceso a la red a estudiantes y equipos escolares.
La Estrategia de Transformación digital Chile Digital 2035 divulgada en el 2022 plantea como objetivo masificar el acceso a tecnologías digitales y recomienda en las líneas de intervención: reconocer Internet como un servicio público, desarrollar un plan nacional de conectividad considerando metas de conectividad que contemplen las diferentes brechas e implementar subsidio a la demandad por servicios de telecomunicaciones.
El Plan de Acción Nacional de Niñez y Adolescencia 2018-2025 propone la reducción de brecha digital y aumento de conectividad.
El Plan de Aseguramiento de la Calidad de la Educación 2020-2023 menciona cómo Objetivo específico el mejorar el acceso a internet en los establecimientos educativos, para esto propone apoyar en la adquisición y mejora del internet a los establecimientos de educación básica y media.
A nivel nacional existen proyecto a largo plazo para impulsar la conectividad a nivel nacional, el Proyecto Conectividad para la Educación 2030, en el marco de la política Seamos Comunidad, tiene como objetivo entregar acceso a Internet gratuito a los establecimientos educacionales del país, incluyendo especialmente aquellas zonas sin acceso a Internet, utilizando este servicio como apoyo al proceso educativo y administrativo dentro de la comunidad escolar.
El programa Aulas Conectadas, implementado desde el 2018, realiza asesorías técnicas especializadas en estándares tecnológicos, coordinación informática y usos pedagógico de las TIC y facilitar recursos financieros a Sostenedores para co-financiar las inversiones necesarias en infraestructura de red local de datos que garantice acceso a internet en todas las Salas de Clases.
A partir de 1998, a través de la iniciativa Internet Educativa 2000, el programa Enlaces y en alianza con el sector privado, se instaló Internet en escuelas y liceos. En el 2002, el Ministerio de Educación gestiona con empresas privadas de telefonía para ofertar internet de banda ancha a precios preferenciales a los establecimientos educacionales del país.
2.2.2. Tecnología y entornos de aprendizaje
Desde el 2001 con el Portal Plataforma EDUCARChile es una plataforma online educativa chilena autónoma de servicio público que nace en el 2001 gracias a la confluencia de los sitios educativos de la Red Enlaces del Ministerio de Educación y la Fundación Chile. A través de la página institucional https://www.mineduc.cl/ se actualiza de manera permanente las novedades y materiales para apoyar la labor pedagógica. Especial relevancia en el contexto actual ha tenido poder compartir los materiales y recursos para orientar la implementación del currículum priorizado. A través de https://www.comunidadescolar.cl/ la comunidad educativa puede acceder a recursos e información de diversa índole, contando con información segmentada para directivos, docentes, estudiantes y familias.
El Plan de Aseguramiento de la Calidad de la Educación 2020-2023 busca generar cápsulas de aprendizaje de Lenguaje y Matemática para todos los objetivos de aprendizaje y niveles, que serán transmitidas por televisión abierta, radio y plataformas digitales, fortalecer el sitio web Currículum Nacional en apoyo a aquellos estudiantes en situaciones no presenciales que enfrentan el reto de la autonomía en sus procesos de aprendizaje y aquellos de educación inicial con apoyo de sus familias. Adicionalmente propone proveer de material físico con recursos didácticos y de evaluación para trabajar con los objetivos de aprendizaje priorizados de las Bases Curriculares vigentes, fortalecer la Biblioteca Digital Escolar para dar acceso a todos los estudiantes a los libros propuestos en el currículum vigente y fomentar la lectura, ,ampliar el acceso a la lectura a través de la Biblioteca Digital Escolar especialmente en el contexto del aprendizaje remoto y ampliar el acceso a la lectura mediante el Plan de Lectoescritura que incluye Clubs de Lectura digital; elaborar textos digitales.
Ante la suspensión de clases presenciales producto de la pandemia, el Ministerio de Educación adoptó medidas tendientes a brindar apoyo a través de recursos tanto digitales como físicos. El Ministerio de Educación implemento plataformas digitales para estudiantes, docentes, directivos y familias, la implementación de la anhelada Televisión Educativa y de programas educativos a través de radios locales, junto a la elaboración y distribución de material pedagógico físico. Las principales respuestas de los países para la continuidad de los servicios educativos en el marco del aislamiento de 2020 - Creación de la plataforma “Aprendo en Línea”: recursos educativos por niveles Evaluación nacional del proceso de continuidad para estudiantes de primero básico a cuarto medio. Alianza pública-privada para que la descarga de textos y guías escolares sea gratuita y que los estudiantes no ocupen su plan de datos de internet para acceder a estos contenidos; Recursos para el apoyo profesional docente en el contexto de pandemia; Cuadernillos para repaso de contenidos; Distribución de dispositivos en el marco de sus programas previos (BID, 2020)
2.3. Competencias tecnológicas de estudiantes y docentes
2.3.1. Estudiantes
La Ley General de Educación del 2010 modificada en el 2022 define objetivos generales para la educación parvularia, básica y media, que guían los instrumentos curriculares del sistema. Sobre la base de estos, el Ministerio de Educación debe generar bases curriculares para cada nivel del sistema educativo chileno (a excepción de educación superior).
Las Bases Curriculares establecen Objetivos de Aprendizaje (OA) que definen los desempeños mínimos que se espera que los estudiantes logren en cada asignatura y nivel de enseñanza.
El nivel de Educación Básica considera la asignatura de Tecnología obligatoria para todos los establecimientos en sus programas de estudio. La dimensión de tecnologías de la información y comunicación (TIC) se establece como uno de los objetivos de Aprendizaje Transversal a lo largo de todo el proceso educativo. Adicionalmente y la Ley 20.911 la cual crea el Plan de formación ciudadana para los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado (2016), con el objetivo de que todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado elaboraran un proyecto para formar a los estudiantes en materias de ciudadanía. Formación Ciudadana incorpora aprendizajes transversales que refuerzan el desarrollo de la ciudadanía, la ética y una cultura democrática en las distintas asignaturas del currículum escolar, incluyendo la Ciudadanía Digital. Adicionalmente la Bases Curriculares de 3 y 4 medio establece las habilidades en el siglo XXI como un foco formativo central y transversal a todas las asignaturas incluyendo la alfabetización digital y el uso de tecnología. Adicionalmente incluye en el Plan Común de Formación General la asignatura Ciencias para la Ciudadanía la cual integra un módulo en “Tecnología y Sociedad“.
En la educación básica, la asignatura de Tecnología busca que los estudiantes comprendan la relación del ser humano con el mundo artificial. La asignatura contempla dos ejes principales centrados en las habilidades. El primero es diseñar, hacer y probar, que se relaciona con el proceso de creación tecnológica. El segundo corresponde a las tecnologías de la información y la comunicación. La dimensión de Aprendizaje Transversal de tecnologías de la información y comunicación (TIC) propone «proveer a todos los alumnos y alumnas de las herramientas que les permitirán manejar el "mundo digital" y desarrollarse en él, utilizando de manera competente y responsable estas tecnologías» y plantea como objetivos de aprendizaje: buscar, acceder y evaluar la calidad y la pertinencia de la información de diversas fuentes virtuales; utilizar TIC que resuelvan las necesidades de información, comunicación, expresión y creación dentro del entorno educativo y social inmediato; utilizar aplicaciones para presentar, representar, analizar y modelar información y situaciones, comunicar ideas y argumentos, comprender y resolver problemas de manera eficiente y efectiva, aprovechando múltiples medios (texto, imagen, audio y video);. participar en redes virtuales de comunicación y en redes ciudadanas de participación e información, con aportes creativos y pertinentes, y hacer un uso consciente y responsable de las tecnologías de la información y la comunicación, aplicando criterios de autocuidado y cuidado de los otros en la comunicación virtual, y respetando el derecho a la privacidad y la propiedad intelectual».
Los Estándares de la Profesión Docente Educación General Básica y los Estándares de la Profesión Docente Marco para la Buena Enseñanza (MBE), plantean sobre la formación estudiantil promueven el desarrollo de habilidades necesarias para desenvolverse como ciudadanos digitales capaces de resolver problemas de información, comunicación y conocimiento, así como dilemas legales, sociales y éticos en ambiente virtual.
La Política Nacional de Inteligencia Artificial de Chile y el Plan de Acción (2021) propone la «reformulación y monitoreo del currículum escolar para incorporar habilidades necesarias para el desarrollo de la IA […] se fomentaran acciones que tengan por objetivo el desarrollo del pensamiento creativo, computacional y la conciencia sobre los sistemas electrónicos desde la etapa escolar en forma progresiva, tal como se enseñan otras habilidades esenciales como las asociadas al lenguaje. El objetivo será favorecer el desarrollo de habilidades de pensamiento específicas a IA y, también, preparar a los estudiantes para el uso de nuevas tecnologías, las comunicaciones globales, manejar grandes cantidades de datos y desarrollar el pensamiento crítico y creativo en torno a su desarrollo y uso.» La Estrategia de Transformación digital Chile Digital 2035 incluye en los pilares de la Estrategia el desarrollo de habilidades digitales; en ellos incluye el mejorar la calidad de la educación mediante tecnologías digitales y propone la incorporación de las ciencias de la computación en el currículo escolar
En cuanto a la incorporación de las ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM) en el sistema educativo, el artículo 4 de la ley Nº 21.105 consagra las funciones que corresponden al Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación la letra i) del dicho artículo, señala como finalidad de este Ministerio la de promover la perspectiva de género y la participación equitativa de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la ciencia, tecnología e innovación.
La Política Nacional de Igualdad de Género en Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (2021) incluye el promover la curiosidad, exploración científica y la capacidad reflexiva en la educación escolar, proveer espacios educativos y cerrar la brecha de género digital en mujeres y niñas.
2.3.2. Docentes
El Sistema de Desarrollo Profesional Docente (Ley N°20.903) estableció un Sistema de Desarrollo Profesional Docente y contempla la obligatoriedad de contar con estándares pedagógicos y disciplinarios para las Carreras de Pedagogía y estándares de desempeño profesional que se desprendan de los Dominios del Marco de Buena Enseñanza (MBE), para orientar, evaluar y fortalecer la profesión. Los Estándares de la Profesión Docente buscan guiar la formación universitaria y ejercicio profesional. Los Estándares de la Profesión Docente se componen de los Estándares para Carreras de Pedagogía y Marco para la Buena Enseñanza, construidos bajo un marco conceptual común.
Los Estándares para Carreras de Pedagogía son «aquellas pautas que explicitan y definen el conjunto de habilidades, conocimientos y disposiciones que debe tener un profesional de la educación una vez finalizada su formación inicial»; es el primer estadio de aprendizaje del egresado de cualquier carrera de pedagogía, que se complementa luego con los Estándares de Desempeño, para el profesor en ejercicio. Los Estándares para Carreras de Pedagogía contemplan el uso de la tecnología digitales como un recurso en el diseño de experiencias de aprendizaje acompañando la práctica docente.
El Marco para la Buena Enseñanza (MBE), son estándares de la profesión docente que busca guiar y orientar el desarrollo y aprendizaje profesional docente; estructurado en 12 estándares de desempeño enmarcados en cuatro dominios. Adicionalmente incluye en los diferentes dominios el incorporar y utilizar diversos recursos, incluidas las tecnologías digitales, como estrategias didácticas y el respeto de las normas y políticas existentes sobre el uso de tecnologías digitales y se asegura de que sus estudiantes accedan y utilicen las tecnologías digitales de manera segura, ética y legal.
El Marco de Competencias y estándares TIC para la profesión docente (2011), presenta los estándares de competencias TIC para la profesión docente; esto es, un conjunto de descripciones que permiten caracterizar el desempeño de un docente cuando usa las TIC en su práctica educativa y en su quehacer profesional. El Marco contempla cuatro dimensiones: Dimensión Pedagógica, Dimensión Técnica o Instrumental, Dimensión de Gestión, Dimensión Social, Ética y Legal y Dimensión de Desarrollo y Responsabilidad Profesional.
En cuanto al desarrollo profesional, Sistema de Desarrollo Profesional Docente (Ley N°20.903 del 2016 modificada en el 2019) establece en el artículo 12 «los directores, en conjunto con sus equipos directivos, velarán por el desarrollo profesional de los docentes del establecimiento educacional. Para estos efectos podrán: proponer al sostenedor planes de formación para el desarrollo profesional de los docentes, considerando, entre otros, los requerimientos del plan de mejoramiento educativo como la información provista por el Sistema de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente, en el marco del Proyecto Educativo Institucional; promover la innovación pedagógica y el trabajo colaborativo entre docentes, orientados a la adquisición de nuevas competencias y la mejora de los saberes disciplinares y pedagógicos a través de la práctica docente».
La Agenda Digital 2020 plantea avanzar en habilidades TIC para profesores, e incluye un plan de formación inicial de docentes y un plan de formación para docentes en ejercicio.
La Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento E Innovación (2020) integra dentro de la vinculación con el sistema educacional busca contribuir a la formación de docentes para enriquecer la comprensión y apropiación de la CTCI y su incorporación en la pedagogía, promover las instancias de encuentro entre el mundo de la I+D+i+e y los estudiantes, apoyar vocaciones ligadas a la CTCI, entre otras acciones.
La Política Nacional de Inteligencia Artificial de Chile y el Plan de Acción (2021) propone la Formación de la comunidad educativa en habilidades necesarias para el desarrollo de IA.
El Plan de Aseguramiento de la Calidad de la Educación 2020-2023 propone fomentar el desarrollo Profesional Docente en pedagogía digital mediante el adecuado uso de los recursos digitales para la transformación del aprendizaje a través de talleres online de amplia cobertura con el fin de apoyar el uso de herramientas digitales en los distintos niveles educativos. Adicionalmente plantea elaborar y aprobar Estándares Pedagógicos de Formación Inicial Docente.
2.4. Ciberseguridad y protección
2.4.1. Privacidad de los datos
La Política de Protección de Datos Personales del Ministerio de Educación (2019) tiene por objetivo establecer lineamientos para la protección y privacidad de la información personal que se recoge, procesa y transmite en el Ministerio de Educación.
El Plan de Aseguramiento de la Calidad de la Educación 2020-2023 del Ministerio de Educación desarrolló un Estándar de Datos para la Educación que delinea las condiciones para gestión de datos educativos y ofrece modelos de uso de datos para guiar las acciones de los proveedores privados.
La Ley N° 19.628 sobre la Protección de la Vida Privada regula el trato de los datos de carácter personal, en registros o bancos de datos, por organismos públicos o privados. Sin embargo, no contienes previsión específica con respecto a niñas, niños y adolescentes.
La Ley de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, promulgada en el 2022, menciona en el artículo 33 «los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección de sus datos personales, así como a impedir su tratamiento o cesión […] cuando el tratamiento esté referido a datos de niños, niñas y adolescentes, la información dirigida a ellos deberá expresarse en un lenguaje que les sea fácilmente comprensible […] los funcionarios públicos, las organizaciones de la sociedad civil que se relacionen con la niñez y su personal deberán guardar reserva y confidencialidad sobre los datos personales de los niños, niñas y adolescentes a los que tengan acceso, a menos que su divulgación resulte indispensable para la protección de sus derechos y siempre que se tomen los resguardos necesarios para evitar un daño mayor». Adicionalmente norma en el artículo 34 el derecho de todo niño, niña y adolescente a su honra, intimidad, propia imagen y reputación; adicionalmente específica que «se prohíbe la exhibición y divulgación de toda información que pueda estigmatizar a un niño, niña o adolescente o afectar su imagen, honra o reputación, causarle menoscabo o dañar sus intereses».
A nivel curricular, los Estándares de la Profesión Docente Educación General Básica y el Marco para la Buena Enseñanza (MBE) mencionan sobre los docentes la necesidad de respetar las normas y políticas existentes sobre el uso de tecnologías digitales y se asegura de que sus estudiantes accedan y utilicen las tecnologías digitales de manera segura, ética y legal.
La Política Nacional de Inteligencia Artificial de Chile y el Plan de Acción (2021) propone desarrollar una prospección sobre aspectos éticos y normativos de la IA; diseñar e implementaremos una agenda de revisión de la regulación existente relativa a los derechos fundamentales que están siendo o pueden ser impactados por la IA, y determinaremos qué normas deberían ser derogadas o actualizadas, de acuerdo con el avance de la IA.
2.4.2. Abuso en línea y ciberacoso
La Ley General de Educación (2010 modificada en el 2022) dicta la responsabilidad de los establecimientos educativos de adoptar medidas correctivas, pedagógicas o disciplinaria en los reglamentos internos para convivencia escolar e incluye en la definición de acoso escolar los realizados por medios tecnológicos o cualquier otro medio. Adicionalmente dicha Ley menciona «el personal directivo, docente, asistentes de la educación y las personas que cumplan funciones administrativas y auxiliares al interior de todos los establecimientos educacionales recibirán capacitación sobre la promoción de la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto».
La Ley sobre Violencia Escolar incluye en la definición de acoso escolar «se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición» y establece la responsabilidad de los establecimientos educativos de «contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. Dicho reglamento, en materia de convivencia escolar, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establecerá las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar establecido en el reglamento».
La Ley de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia (2022) menciona en el artículo 29 «los prestadores de servicios de telecomunicaciones entregarán información especialmente dirigida a los niños, niñas y adolescentes, como también a los padres y/o madres o a las personas que los tengan a su cuida, para identificar situaciones de riesgo derivadas del uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, así como las habilidades, herramientas y estrategias para afrontarlas y protegerse de ellas.» Adicionalmente dicta «los establecimientos educacionales deberán contar con protocolos para prevenir, sancionar y reparar las conductas constitutivas de cualquier tipo de acoso y violencia sexual, y con mecanismos de prevención, resolución y reparación de las distintas formas de bullying escolar».
A nivel curricular, la Ley 20.911 la cual crea el Plan de formación ciudadana para los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado (2016) establece que la educación parvularia, básica y media deben contar con un Plan de Formación Ciudadana. La formación ciudadana incluye habilidades digitales que permitirán a las y los estudiantes desenvolverse en una sociedad que requiere de nuevas formas de aprender y participar al utilizar tecnologías. De esta forma, podrán ejercer sus derechos en entornos digitales de manera informada, ética y corresponsable; asimismo, podrán respetar y proteger los de otras personas y colectivos, disfrutando de las posibilidades que las tecnologías entregan para el desarrollo personal y social en términos culturales, educativos y económicos.
Sobre el rol docente, los Estándares de la Profesión Docente Educación General Básica y los Estándares de la Profesión Docente Marco para la Buena Enseñanza (MBE), plantean la necesidad de fomentar la capacidad docente de abordar efectivamente las conductas contrarias a la convivencia, tales como el bullying, en espacios virtuales o presenciales.
3. Gobernanza
3.1. Instituciones responsables de la tecnología en la educación y mecanismos de coordinación
El Ministerio de Educación (MINEDUC) es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles (educación parvularia, educación básica, educación media) y sus modalidades. Sus principales responsabilidades son proponer y evaluar políticas y actividades educacionales y gestionar sus recursos; elaborar las bases curriculares y los estándares de aprendizaje; diseñar políticas que beneficien a los docentes, a los estudiantes y a todo el sistema educativo y al país; y otorgar reconocimiento oficial a los establecimientos educacionales cuando corresponda, entre otras. En el 2005, a partir del programa Enlaces, se establece el Centro de Educación y Tecnología como una unidad administrativa interna dentro del Ministerio de Educación. Tras la finalización del programa Enlaces, y tomando como base institucional el Centro de Educación y Tecnología Enlaces, en el 2018 se crea el Centro de Innovación del Ministerio de Educación para promover la innovación educativa dentro del sistema escolar.
Adicionalmente, otros ministerios contribuyen a fortalecer y promover la incorporación de las tecnologías en los centros escolares y la educación. El Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (MTT), con el MINEDUC, trabajan en iniciativas de conectividad digital a estudiantes y escuelas. El artículo 4 de la ley Nº 21.105 consagra las funciones que corresponden al Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. La letra h) de dicho artículo establece como una función de esta cartera contribuir a la formación de una cultura científica y a la comprensión, valoración y difusión de la ciencia, investigación, tecnología e innovación en el país, en todos los ámbitos, promoviendo especialmente su incorporación en el sistema escolar, indicándose luego que en el ejercicio de esta función pondrá especial énfasis en la equidad de género.
3.2. Funciones de los centros educativos
Los centros educativos son los responsables de regular el uso de celulares y otros dispositivos móviles durante la jornada escolar, tanto dentro como fuera de la sala de clases. El Ministerio de Educación recomienda que las regulaciones sobre estos dispositivos se establezcan en el Reglamento Interno de cada institución.
El Congreso debate un proyecto de ley para la prohibición del uso de celulares en las aulas.
En marzo de 2024, en el Día contra el Ciberacoso, el Ministerio de Educación de Chile presentó nuevas orientaciones sobre el uso de celulares y dispositivos móviles en las aulas. Aunque se desaconseja el uso de dispositivos para niños de 0 a 6 años y se recomienda un uso pedagógico para los de 6 a 12 años y adolescentes de 12 a 18 años, estas directrices no constituyen una prohibición. Las recomendaciones están diseñadas para guiar a las escuelas en la integración de la tecnología de manera efectiva, dejando a cada establecimiento la libertad de decidir cómo aplicar estas pautas según su contexto y necesidades.